Ezequiel Nieva
Con condenas altas para los seis imputados terminó ayer en la capital provincial el primer juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos por la última dictadura. El tribunal condenó al ex juez federal Víctor Hermes Brusa a 21 años de prisión por encontrarlo culpable de los ocho hechos de apremios ilegales por los que fue juzgado.
También condenaron a los cinco ex policías que se sentaron junto a Brusa en el banquillo de los acusados: Héctor Romeo Colombini (23 años), Eduardo Ramos (23 años), Juan Calixto Perizzotti (22 años), Mario Facino (20 años) y María Eva Aebi (19 años). La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación –querellante en la causa– había pedido 25 años para cada uno; luego, los abogados particulares de la querella y los fiscales pidieron penas de entre 20 y 25 años; finalmente, el tribunal constituido por Roberto Manuel López Arango, Andrea Alberto de Creus y Carlos Renna resolvió aplicar las penas según la cantidad de hechos que fueron probados en el proceso.
En primer lugar, los jueces determinaron que los delitos investigados –privación ilegal de la libertad y tormentos en los casos de los ex policías y apremios ilegales en el caso del ex juez Brusa– se deben encuadrar como de lesa humanidad y, por lo tanto, rechazaron el pedido de prescripción planteado por el abogado defensor de Brusa y Aebi. Pero también hicieron lugar a un planteo de la defensa de Ramos y, en su caso, se dio por juzgado el secuestro del querellante José Schulman, no así el resto de los delitos que se le imputaron al ex agente de Inteligencia de la Policía.
El tribunal declaró la nulidad parcial del auto de procesamiento de Aebi, en lo referido al secuestro de Vilma Pompeya Gómez –una de las catorce víctimas de la causa–, por “haberse afectado el principio de congruencia en tanto se omitió su inclusión en el acto indagatorio”, según leyó López Arango en uno de los párrafos de la sentencia. Los jueces también rechazaron el pedido de las abogadas de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, que representaron a Schulman y a Patricia Isasa –otra querellante–, de que se incluyan los hechos investigados en el marco de un genocidio; la estrategia, que se basó en el caso de Miguel Etchecolatz, buscaba que se dicten condenas a prisión perpetua, lo que finalmente no ocurrió.
Pero acaso la más importante de las decisiones del tribunal es la que define a los delitos investigados como “hechos cometidos en el marco de un plan sistemático y generalizado de represión por parte del Estado”. Ese fundamento se incorporó en cada uno de los fallos, como agravante, y sirvió para refutar uno de los planteos de la defensa de Brusa, que había alegado que aunque estuviese probado –por fallos previos de otras jurisdicciones– que hubo un plan sistemático que se aplicó en todo el país, su defendido no estaba al tanto de él. En otras palabras, los jueces consideraron que los hechos constituyen delitos de lesa humanidad, que son imprescriptibles.
Aclarados esos puntos, el presidente del tribunal leyó las sentencias: “Declarar a Víctor Hermes Brusa autor penalmente responsable del delito de apremios ilegales en perjuicio de Ana María Cámara, Stella Maris Vallejos, Anatilde Bugna, Alba Sánchez, Daniel García, José Schulman, Mariano Millán y Roberto Cepeda –ocho hechos en concurso real– a la pena de 21 años de prisión e inhabilitación especial por el máximo legal para ejercer cargos públicos”, leyó López Arango y la multitud que seguía el fallo desde la calle (ver aparte) estalló en aplausos.
Luego el presidente del tribunal leyó el resto de las condenas. A Perizzotti –jefe de la Guardia de Infantería Reforzada, uno de los principales centros clandestinos de detención de la dictadura– se lo condenó a 22 años por cinco casos de privación ilegítima de la libertad, agravada por amenazas, y por cinco casos de tormentos.
A María Eva Aebi –carcelera y secretaria personal de Perizzotti– se la condenó a 19 años luego de que el tribunal la encontrara coautora de cinco hechos de secuestros y de otros tantos por tormentos. A Facino –jefe de la comisaría 4ª, otro centro clandestino de detención– se lo encontró culpable de tres secuestros y un caso de torturas y se lo condenó a 20 años de prisión.
Ramos y Colombini recibieron las penas mayores: 23 años cada uno. El tribunal determinó que son responsables de cinco y seis casos –respectivamente– de secuestros y torturas, con el agravante de que fueron señalados por distintos testigos como los responsables de al menos dos casos de violación de los que fueron víctimas mujeres jóvenes detenidas en centros clandestinos, una de las cuales fue llevada a abortar luego de que un médico determinara que había quedado embarazada tras el vejamen.
La lectura de la sentencia fue seguida desde la esquina del tribunal por varios centenares de personas, que se agruparon desde temprano en la Plaza del Soldado –a dos cuadras del lugar– para luego marchar y concentrarse a la espera del fallo.
Fue una jornada soleada y agobiante; cuando el juez acabó la sentencia, el cielo estaba plomizo y unos minutos más tarde comenzó a llover. Pero el agua no aplacó los festejos, que siguieron hasta entrada la noche. Había motivos de sobra: fue el primer fallo por delitos de lesa humanidad en la historia de la provincia.