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Condenado por una falta, pero sin abogado

Un empleado de una carbonería de 18 años de condición humilde y sin estudios secundarios fue condenado a prisión por la presunta comisión de un delito menor regulado en el Código de Faltas santafesino.

Un empleado de una carbonería de 18 años de condición humilde y sin estudios secundarios fue condenado a prisión por la presunta comisión de un delito menor regulado en el Código de Faltas santafesino. El joven debió cumplir cinco días de arresto dictados por un juez pese a no haber tenido acceso a un abogado defensor. Pero hace pocos días fue absuelto luego de que la Cámara de Apelaciones diera lugar a un recurso planteado por el Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP) que se basó en “la violación al derecho a la defensa”.

En ese sentido, el defensor regional Gustavo Franceschetti reveló que durante 2014, sólo en Rosario hubo más de cien sentencias condenatorias a penas privativas de la libertad dictadas sin la presencia de abogados, el 60 por ciento de ellas de cumplimiento efectivo, lo que constituye una grave violación de los derechos de las personas por lo que recurrió a la Cámara para que se pronuncie al respecto .

El arresto

A fines de septiembre pasado, Nahuel B. caminaba por la zona noroeste en horas de la tarde cuando fue detenido sin orden judicial por policías de la Patrulla de Intervención Urbana.

Al joven, de condición humilde, le imputaron una presunta infracción al artículo 110 del Código de Faltas, por llevar un cuchillo, y lo dejaron preso. Un día después, el juez de Faltas Nº 2 Adrián Pafundi lo condenó a cinco días de arresto sin que el muchacho contase con el patrocinio de ningún abogado defensor ni estudios suficientes como pare ejercer su propia defensa.

Derecho

Para el defensor regional Gustavo Franceschetti se trató de una clara violación al derecho de defensa y así lo planteó en un escrito de apelación, al que el camarista penal Alfredo Ivaldi Artacho dio la razón y absolvió al muchacho.

Entre los fundamentos, el defensor esgrimió que el joven imputado fue arrestado en el marco de una “persecución penal”, lo que encuadra en el supuesto de derecho a la defensa de toda persona sometida a un trato o condición en los que “el Estado pone en peligro su libertad, debiendo el defensor intervenir en aquellos casos en los cuales estime convenientes”.

Nulidad

En ese sentido, pidió la nulidad del proceso porque se violó el derecho a la defensa, no sólo porque no se garantizó el mismo, sino porque además se actuó para impedirlo. Al respecto dijo que el joven fue arrestado sin orden judicial y que se lo indujo a error mediante una lectura errónea de sus derechos; que se admitió su autodefensa en una causa donde era necesario contar con conocimiento jurídico por ser “nulificable”, y no se le informó de su derecho a apelar ni se notificó a ningún abogado.

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