En la lógica de le economía argentina, el aumento del precio de granos y derivados que cotizan en el mercado internacional tiene una escasa repercusión en la recaudación y en la mejora de las reservas del Banco Central. La consolidación de este esquema no tiene que ver exactamente con maniobras al margen de la ley, sino más bien lo contrario. Las grandes exportadoras se atienen a un régimen creado durante la dictadura para sus operaciones, con el que fijan un precio de venta a futuro mucho más elevado que el que le rinden al Estado.
La fijación de precios a futuro es la punta del iceberg, o de una tríada, que se completa con el plazo que tienen las empresas entre las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) y la concreción de las operaciones y las triangulaciones que tejen con sus sucursales radicadas en países con baja tributación, o para ser más precisos, paraísos fiscales. Esto despeja, o por lo menos deja de lado por un momento la hipótesis del contrabando para exponer que no es necesario un procedimiento por fuera de la legislación vigente para perjudicar al Estado.
Su condición como proveedora de granos y derivados, hacía suponer que la crisis global ofrecería una oportunidad a la economía argentina para reforzar o corregir el déficit de divisas. A contramano de esta lógica, si bien las ganancias de las principales agroexportadoras crecieron exponencialmente en poco tiempo, las arcas del Estado no verificaron un proceso similar ni mucho menos.
Un informe elaborado por el Equipo de Investigación Política (EdIPo) y el Mirador de la Actualidad del Trabajo y Economía (Mate) expuso con datos cuantitativos y cualitativos la operatoria de las principales exportadoras de granos en Argentina. Para clarificar el panorama, pusieron como ejemplo lo sucedido recientemente, con la evolución de precios a partir del 24 de febrero, día en que Vladimir Putin decidió la intervención militar en Ucrania.
Esa jornada, el precio de la tonelada de aceite de soja era de 1665 dólares. Pero si el exportador declaraba que esa venta sería concretada cinco meses más tarde, entonces el precio de referencia se ubicaba en 1565 dólares. Ambos miradores verificaron que días después, el 17 de mayo, la tonelada del producto estaba 1838 dólares. Es decir, que la diferencia entre lo que el exportador le pagó al Estado por el precio vigente al 24 de febrero y lo que debería realmente haber rendido oscila entre los 200 y los 400 dólares por tonelada.
Por más que resulte extraño, la maniobra está fundada en la ley. Aunque más extraño aún resulta que dicha legislación permanece intacta desde la última dictadura cívico militar en Argentina. En el mundo agropecuario se la conoce como “Ley de granos”, un decreto firmado en agosto de 1976 por Jorge Rafael Videla y José Alfredo Martínez de Hoz.
El artículo 6 de la normativa 21453/76 establece: “A los fines de la liquidación de los derechos de exportación, reembolsos, reintegros, contribuciones, tasas, servicios y demás tributos que gravaren o beneficiaren la exportación de las mercaderías a que se refiere la presente ley, serán de aplicación los regímenes tributarios, de alícuotas, arancelario y de base imponible vigentes a la fecha de cierre de cada venta”.
Con el surgimiento de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), los operadores consiguen diferir el momento en que se pacta la venta, de aquel en que efectivamente se concreta la exportación. Entre un evento y otro, puede pasar un año, pero el Estado cobra su porción según los precios vigentes al día de la declaración.
Los precios oficiales “a futuro” son sistemáticamente más bajos que los precios “de contado”. En definitiva, rinden ante el Estado por el monto vigente al día del anuncio de la venta, pero la operatoria la concretan más adelante, de manera que el exportador termina vendiendo por un precio mucho más alto que el declarado inicialmente.
Esquema de tres patas
En diálogo con El Ciudadano, el economista de Mate, uno de los miradores que elaboró el informe inicial, amplió sobre la operatoria y detalló: “Es un esquema de tres patas, que cuenta con la pactación de ventas a futuro, un tiempo extenso entre la Declaración Jurada de Ventas al Exterior y su concreción, y la triangulación con otros países. El resultado es que las empresas no necesitan hacer trampa, hay un sistema armado para que ganen así”.
La triangulación con otros países es uno de los eslabones indispensables de esta cadena. Según el informe, en el 95% de los casos los destinatarios son sucursales radicadas en países de baja tributación (más conocidos como paraísos fiscales), que se quedan con ese diferencial de 200 o 400 dólares producto del bache entre una operación y otra. Ahí se da el desvío conociendo como “planificación financiera creativa”.
Al respecto, Kofman clarificó: “Argentina vende el precio barato y otro país vende la mercancía más cara. Termina cobrando por esa mercancía mucho menos de lo que vale. La triangulación es fundamental, gracias a Uruguay, Canadá, Suiza y Estados Unidos. Esto también despeja el mito del contrabando de granos. No es una cuestión física, es una cuestión financiera bajo la ley”.
La otra parte del negocio para las agroexportadoras, es que buena parte de esas ventas las concretan con destino a sus propias sucursales en el exterior, es decir, se venden a ellas mismas. Se da la paradoja que es el único sector que intenta vender lo más barato posible. Por un lado porque después van a rendir sobre ese precio, pero también porque por ese precio van a vender a sus sucursales radicadas en paraísos fiscales.
Un ejemplo de esto fue lo que hicieron Cofco, Cargill, Bunge, ADM, Oleaginosa Moreno, Aceitera General Deheza, entre otras. Según el informe elaborado por Mate y Edipo, estas empresas líderes en el rubro presentaron una cantidad inusitada de declaraciones juradas de ventas al exterior el día que Vladimir Putin anunció la intervención en Ucrania.
De más está aclarar que ese diferencial que obtienen las empresas por cada tonelada exportada se lo quedan ellas. Pero no solo eso, sino que además los dividendos quedan fuera de los límites del Estado argentino, con lo cual resulta al menos complejo, intentar detectar las cantidades que deja de percibir la economía nacional, por operaciones que se inicial en suelo nacional pero que terminan de concretarse en otros destinos.
Para Kofman, la única manera de contrarrestar esta jugada, es por la vía administrativa, derogando el decreto 21453/76, o al menos eliminando el plazo de un año que se les concede entre la Declaración Jurada de Venta al Exterior y el embarque efectivo de la mercadería. Pero “los gobiernos pasan y el poder queda”, consideró el economista.
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