Un médico que prestaba servicios en un sanatorio privado y estuvo a cargo de la atención médica de Maximiliano Iñiguez, de 20 años, cuando sufrió una fractura de tibia y peroné en un accidente de tránsito ocurrido en Villa Gobernador Gálvez y murió bajo su asistencia será enjuiciado a principios de mayo por el delito de homicidio culposo por mala praxis. Para el fiscal, el médico debió amputar la pierna de la víctima, procedimiento que realizó, según las evidencias de la acusación, en forma extemporánea. El cuadro médico de la víctima se fue deteriorando y murió en el sanatorio a los dos meses. En la conmemoración de los siete años de la muerte de Maximiliano, familiares, amigos y allegados se concentrarán este viernes a las 18.30 para renovar el reclamo de justicia en la plaza del Centro de Justicia Penal, de Virasoro y Rueda.
El debate oral y público se llevará adelante a partir del 4 de mayo en el Centro de Justicia Penal y estará presidido por los jueces Rafael Coria, Pablo Pinto y José Luis Suárez. El fiscal Walter Jurado solicitará 3 años de prisión de ejecución condicional, dos años de reglas de conducta y 5 de inhabilitación para ejercer la profesión mientras la querella, que representa a la familia de la víctima, irá por una condena efectiva del máximo de la pena seis años y diez años de suspensión de la licencia.
El 16 de junio de 2017 el fiscal Walter Jurado imputó al médico Sebastián S. por haber causado la muerte de Maximiliano Iñiguez ocurrida el 16 de abril de 2014 mientras era su paciente. La víctima sufrió un accidente de tránsito el 9 de febrero de 2014 en Villa Gobernador Gálvez circunstancia en la que sufrió una fractura expuesta en la pierna izquierda.
Fue hospitalizado en el Hospital Provincial donde se le hizo una toilette quirúrgica y una tracción mecánica. Al día siguiente fue trasladado al Sanatorio Los Alerces (ex Julio Corso), ubicado en San Juan 3034, y quedó bajo la supervisión del acusado, quien era el jefe de Traumatología, contó la acusación.
El 13 de febrero se le realizó una fasciotomía quirúrgica (cirugía utilizada para aliviar la hinchazón y presión) y se le colocó un drenaje. Como la evolución de Maximiliano fue mala se lo derivó a la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) donde se constató “tumefacción (hinchazón) de la pierna y el pie y disminución de la temperatura de los pulsos distales a la lesión de la pierna izquierda”, puntualizó Jurado.
El médico ordenó unos estudios y decidió hacer otra fasciotomía amplia el 14 de febrero. En el examen pre anestésico surgió que el paciente poseía riesgo quirúrgico de alta mortalidad ya que tenía un cuadro febril con insuficiencia respiratoria. Durante la operación Maximiliano sufrió un paro cardiorespiratorio. Lograron recuperarlo pero tras la cirugía fue derivado a terapia intensiva intubado. Se encontraba descompensado hemodinámicamente, tenía asistencia respiratoria mecánica y una mala evolución del cuadro circulatorio e infeccioso de la pierna, continuó el fiscal.
Ingresó nuevamente al quirófano para la amputación de la pierna, volvió a la UTI en estado de coma del que no se recuperó. Sufrió “múltiples intercurrencias infecciosas y complicaciones” que terminaron con su vida el 16 de abril de 2014.
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Mala praxis
Para el fiscal, el médico actuó en forma negligente en varias oportunidades. Jurado consideró que «si bien era necesaria la primera intervención, la misma fue inoportuna porque debió amputar y decidió diferir esta decisión. Tras el diagnóstico de una gangrena húmeda debió ser expeditivo y la práctica se realizó en una etapa posterior y tardía», aseguró el fiscal.
“La demora en la indicación de la amputación tiene como consecuencia directa la muerte de Maximiliano Iñiguez”, explicó a lo que sumó que ante el estado neurológico y sepsis generalizada, el profesional no hizo una interconsulta ni derivó a ningún especialista en neurología e infectólogo.
Para Jurado, el médico cometió homicidio culposo. Explicó que Sebastián S. se encontraba a cargo del tratamiento de Maximiliano desde el momento que ingresó al sanatorio hasta su fallecimiento. Así en la acusación se explicó que cuando el médico programó la primera cirugía debió realizar la amputación de la pierna ya que presentaba los síntomas que indicaban la necesidad y urgencia de este procedimiento quirúrgico.
«Desde la primera cirugía hasta la amputación pasaron 22 horas, esa es la conducta imprudente principal que determina el resultado fatal», continuó Jurado, quien también cuestionó la forma en la que se hizo la primera fasciotomía, y algunas circunstancias que omitió el médico y contribuyeron al agravamiento del cuadro como no hacer interconsulta o derivar a un especialista en neurología o infectología.
En su acusación, el fiscal señaló que el médico violó el deber de cuidado a su cargo y agregó que la “acción culposa penalmente sancionable se construye a partir de violación, no a una norma de seguridad en el arte de que se trate, sino de un deber de cuidado objetivo”.
También entendió que el médico debió prever el desenlace fatal ya que es que el proceso infeccioso estaba en marcha y al momento de la evaluación del paciente ya presentaba signos que indicaban la necesidad de amputar, postergando negligentemente y sin motivo este procedimiento, y adelantó que pedirá 3 años de prisión de ejecución condicional para el acusado, 5 de inhabilitación especial para ejercer la profesión y dos años de aplicación de reglas de conducta. Mientras que la querella solicitará el máximo de la pena, cinco años y de cumplimiento efectivo y 10 años inhabilitación especial para el médico.
Este viernes se cumplen los siete años de la muerte de Maximiliano Iñiguez y sus familiares y amigos acompañados por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) pidieron que los acompañen en la manifestación que se hará este viernes a las 18.30 en la plaza del Centro de Justicia Penal, Virasoro y Rueda, para rendirle homenaje y renovar el pedido por justicia.