Por Silvina Molina, editora de Género y Diversidades (Télam)
El sexto aniversario de la convocatoria Ni Una Menos, que surgió en la Argentina y se extendió a distintas regiones del mundo, se conmemora por primera vez con el derecho garantizado a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en al país, gracias a la ley sancionada en diciembre último por impulso de los movimientos de mujeres y de las disidencias.
El debate por la legalización del aborto que logró la Ley 27.610 de IVE, tiene una cronología impulsada y sostenida por las organizaciones de mujeres, feministas y personas LGBTIQ+, en un entramado único en el mundo que confluye en la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
La Campaña surgió de otro espacio que no reconoce antecedentes en otros países: el Encuentro Nacional de Mujeres que ya lleva 35 ediciones.
Estos dos movimientos feministas son la siembra histórica que dio sus frutos el 3 de junio del 2015 con la masividad en las calles y en la agenda periodística del pedido colectivo Ni Una Menos, Vivas Nos Queremos.
La violencia de la ilegalidad del aborto, que impulsaba la clandestinidad de la práctica generando la muerte de mujeres o la mutilación de sus cuerpos, cerró un ciclo en el país con la sanción de la Ley IVE:
En ese proceso, la presentación que hizo el último viernes el Ministerio de Salud de un protocolo que brinda herramientas concretas para realizar la IVE y la interrupción legal del embarazo (ILE), fue otro corolario al largo proceso de lucha feminista.
El Protocolo para la Atención Integral de las personas con derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo «estandariza las buenas prácticas en términos de atención clínica integral que es propia de los saberes de la salud , con la finalidad de despejar dudas acerca de los cursos de acción terapéutica que sanitariamente se abren como opción frente a una interrupción de embarazo autorizada por la ley», destacó a Télam, la abogada Soledad Deza.
Deza, abogada feminista y presidenta de la organización Mujeres x Mujeres, valoró la ley 27.610 «que fija los principios rectores para reflejar los derechos de pacientes y las responsabilidades médicas ya estaban también expresados en la ley».
En cuanto a la objeción de conciencia, la profesional consideró que «está debidamente explicada en su funcionamiento ético saludable para no afectar a las usuarias».
Consideró el documento oficial «valioso, siempre que la ciudadanía y los equipos de salud entiendan que el derecho a decidir abortar no sale de un Protocolo y que las obligaciones sanitarias son las que rigen para cualquier prestación médica lícita, así evitamos confusiones sociales y jurídicas que ya ocurrieron».
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