En medio del rebrote de contagios por coronavirus que atraviesa Argentina desde hace algunas semanas, las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) volvieron a quedar en el ojo de la tormenta. Es que, amparadas en la no extensión del Decreto nacional 93/21, entendieron que desde el inicio del 2022 debían dejar de prestar cobertura para trabajadores con Covid 19.
Se trata de un DNU firmado por el gobierno nacional durante al año pasado, que reconocía el coronavirus como una enfermedad laboral no enlistada para todos los sectores y la consecuente cobertura por parte de las ART. Pero la resolución perdió vigencia el 31 de diciembre sin novedades sobre una posible prórroga, dando la posibilidad a que las Aseguradoras desconozcan los costos que implica la enfermedad en ámbitos laborales por fuera del sector esencial (salud y seguridad).
Esta situación generó una profunda preocupación entre empresarios, sobre todo del sector pyme, ya que el silencio por parte del gobierno nacional y la decisión de las ART, implica que los costos correrán por cuenta de los empleadores. Es que el Decreto también contemplaba un fondo fiduciario, que durante el año pasado contó con un aporte del gobierno nacional de 5 mil millones de pesos para solventar gastos, pero que se agotaron promediando el 2021.
En tanto, también miran de reojo al gobierno nacional por el protocolo sanitario, que si bien se flexibilizó para vacunados con esquema completo, aún sugiere que los contactos estrechos no vacunados o sin esquema completo, cumplan el aislamiento. Esta situación provoca un vacío legal, ya que ese ausentismo no puede justificarse a partir de una enfermedad, aunque podría barajarse como un caso de fuerza mayor, pero las patronales no están dispuestas a asumir los costos de quienes hayan decidido no vacunarse.
¿Quién se hace cargo?
La Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA) fue la primera en manifestar preocupación ante el desconocimiento de la enfermedad por par te de las ART. La entidad que representa a pequeñas y medianas empresas de todo el país advirtió desde comienzos de este año que la caducidad del Decreto 93/21 afectará sensiblemente al sector en medio de un período en que intentan recuperarse de los daños económicos ocasionados por la pandemia.
Si bien lo que está en juego es la salud de trabajadoras y trabajadores, los empresarios consideran que la atención a empleados es una cuestión garantizada, ya que seguirán contando con cobertura de obras sociales o prepagas. El dilema ante este escenario es quién asume los costos económicos a partir de una creciente demanda.
Pero el reclamo se bifurcó e hizo partícipe también al gobierno nacional. Es que uno de los temas que generaba incertidumbre entre empleadores tenía que ver con el creciente nivel de ausentismo a partir de los contactos estrechos. Sostenían que la cobertura de esas ausencias habían entrado en un terreno gris, ya que técnicamente no se tata de una falta por enfermedad. Es decir, consideraban que estaban reconociendo esos días sin la presencia de los operarios.
Si bien este martes el Ministerio de Salud de la Nación resolvió finalmente flexibilizar el protocolo de aislamiento para casos estrechos, la medida incluye a la población vacunada y con esquema completo, descartando esa posibilidad para los no vacunados. Ante este escenario, surge la incógnita para los empleadores de qué va a suceder con el ausentismo de quienes no se inocularon o no tienen el esquema completo.
Consultado por El Ciudadano sobre esta situación, el abogado laboralista Jorge Elías, sostuvo: “¿Qué pasa cuando el que está faltando no falta por causa de la enfermedad, sino por ser contacto estrecho?, ¿quién banca esa consecuencia? No hay una respuesta jurídica y estamos ante un vacío legal”.
En ese sentido, amplió: “Es lo que en derecho llamamos un caso de fuerza mayor. En este caso esa fuerza mayor de que al tipo le digan que no puede ir, no significa una inasistencia injustificada, ahora, ¿quién paga esos días? ¿Los banca el trabajador o el empleador porque está obligado a cubrir por fuerzas mayores? Es una discusión muy complicada”.
Con el anuncio de la flexibilización, para el letrado rosarino el camino más conveniente sería ir hacia la vacunación obligatoria, de modo que no se generen conflicto en relación a excepcionalidades.
Desde el sector patronal, previo a la flexibilización, advirtieron que no están dispuestos a resignar de capital humano por contactos estrechos que no se pueden verificar, y más si los exceptuados a partir de ahora serán personas que decidieron por motus propio no vacunarse.
Aportes y tensión con las ART
Durante este último año, el sector empresarial fue uno de los contribuyentes al fondo fiduciario que estableció la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) para financiar las coberturas. De los 60 centavos por empleado que aportaban durante el año pasado, pasaron a aportar hasta 50 pesos per cápita a fin de 2021 por disposición del Ministerio de Trabajo.
A su vez se encuentran en una disyuntiva, ya que en caso de que exista una prórroga o reformulación del Decreto 93/21 y que las ART vuelvan a reconocer los contagios como enfermedades laborales, los patrones temen que sea el pretexto ideal para que las Aseguradoras trasladen ese gasto a un aumento en sus alícuotas por empleado.
Desde las ART defienden el desconocimiento del Covid 19 como enfermedad laboral a partir de distintas cuestiones. En primer lugar argumentan que en los últimos dos años hubo un cambio de paradigma. Consideran que en 2020 podía considerarse una enfermedad laboral ya que las restricciones reducían el margen de contagio en otros ámbitos. Con las flexibilizaciones que hubo en 2021, entienden que los contagios pasaron a darse en otro tipo de actividades, por lo cual no debe considerarse una enfermedad laboral.
En segundo lugar, intentan defender la decisión del gobierno nacional a partir de la situación sanitaria que genera la pandemia en este momento. Sostienen que, a diferencia de las dos olas anteriores, el riesgo de vida y la presión sobre el sistema es considerablemente menor y que de hecho un contacto estrecho es considerado positivo, motivos que consideran insuficientes para contemplarlo como enfermedad laboral.
Por ahora se trata de una puja económica, entre el gobierno nacional (representado por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo), las Aseguradoras y el sector empresario, en la que este último aparece como el principal damnificado y responsable de sostener la solvencia que garantice la atención de los trabajadores.