Este viernes se conoció la resolución adoptada por el juez federal N° 1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, respecto a la acción de amparo presentada en febrero pasado por entidades ruralistas (Sociedad Rural Argentina y de Jesús María), objetando la constitucionalidad de los derechos de exportación o retenciones.
En la parte resolutiva, el magistrado sostuvo: “Admitir la presente acción colectiva en los términos dispuestos en los considerandos precedentes”.
El argumento de los ruralistas fue que el 31 de diciembre de 2021 venció el plazo que estableció la Ley de Emergencia Pública, por el cual se delegaba al Presidente la reglamentación del tributo.
Pero a partir del rechazo en el Parlamento del proyecto de Presupuesto 2022, y por ende la prórroga por dos años de ese atributo presidencial, en el amparo se argumentó que no tenía sustento legal el cobro del derecho de exportación desde el 1° de enero de 2022.
El juez Bustos Fierro hizo lugar al pedido y resolvió que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá presentar un informe para fundar la posición del Estado en un plazo de 30 días.
La resolución judicial se da en el día previo a una manifestación de ruralistas que pretende llegar hasta el centro de Buenos Aires.
Bustos Fierro permanece en el ejercicio de su magistratura a raíz de que el gobierno de Mauricio Macri, con acuerdo del Senado, le extendió, cuando ya tenía 82 años, por otros cinco el plazo para su retiro.
Un fallo 24 horas de la protesta rural
La protesta de los ruralistas la promueve el sector más intransigente, sin el aval de la “Mesa de Enlace”. Los llamados “autoconvocados” reclaman justamente la eliminación de las retenciones, la reducción de impuestos y por la escasez de gasoil que se registró en los surtidores en medio de la cosecha gruesa.