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Medioevo en Iriondo

Justicia misógina: inaudita pretensión punitiva en hecho atravesado por extrema vulnerabilidad

Sin perspectiva humanitaria ni de género alguna, la fiscal de Cañada de Gómez Gabriela Lescano imputó por doble homicidio calificado a una mujer y a un vecino por haber abortado dos fetos; tuvo el aval parcial del juez Álvaro Campos, que en sintonía los dejó presos


La defensa pública participó este miércoles de una audiencia imputativa en la localidad de Cañada de Gómez, asistiendo a DT, joven acusada de haber abortado dos fetos; y a MG, su vecino, acusado de prestar colaboración.

Con mucho por delante por determinarse, describe la defensa, los hechos que pueden tratarse de una interrupción voluntaria del embarazo en un contexto de extrema vulnerabilidad económica y social fueron imputados a ambos por la fiscal Gabriela Lescano “de manera apresurada e insólita”, dice el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal en un comunicado, como doble homicidio calificado en calidad de coautores.

Por su parte, el magistrado Álvaro Campos hizo lugar a la prisión preventiva, pese a haber hecho algunas observaciones sobre la calificación legal y sin tener en cuenta los graves problemas de salud que la acusada y el acusado tienen respectivamente, describió la defensa.

DT padece una seria situación de consumos problemáticos y se encuentra en estado puerperal, mientras que MG sufre de una miocardiopatía hipertrófica, sostiene la defensa pública. Ambos se encuentran en sede policial.

En la audiencia, la defensora pública Florencia Chaumet abogó profundamente por DT y MG., haciendo notar las irregularidades en el marco de la investigación y la falta de pruebas suficientes que puedan determinar roles y responsabilidades, dijeron desde el SPPDP.

Asimismo, la defensora resaltó la vulneración al derecho de defensa y al debido proceso; y planteó la nulidad de lo actuado dado que DT “habría confesado” -en el hospital- a quien la custodiaba sin la asistencia jurídica correspondiente.

Este tipo de “confesiones” se encuentran prohibidas por ley, afectándose garantías constitucionales por darse sin la presencia de un/a abogado/a defensor/a, destacaron.

“Preocupa a este SPPDP el irracional modelo punitivista implementado por distintas agencias (actores) estatales que tiende a criminalizar y revictimizar -en casos como el presente- a las mujeres más vulnerables económica y socialmente, quienes por falta de acceso a la salud pública realizan prácticas inseguras y clandestinas. Cabe destacar por su ausencia, la falta de contención y acciones sociales que impliquen una alternativa a las meramente punitivas”, cerraron desde la defensa pública.

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