El Hincha

Tarjeta roja

Revés judicial para la AFA de Tapia: perdió una demanda por “discriminación” a un árbitro rosarino

Se trata de Federico Cuello, quién fue desplazado de la actividad tras el conflicto gremial que tuvo SADRA y AFA en 2019. La Justicia determinó una multa económica para la casa madre del fútbol argentino por práctica desleal y discriminación sindical y la inmediata incorporación al trabajo


En 2019, en un partido del Nacional B entre Almagro y Temperley, Federico Cuello estuvo en cancha. Fue su último partido como árbitro del fútbol argentino sin saberlo. La memoria pudo fallar, pero desde ese año y durante los dos que siguieron no fue designado para volver a arbitrar un partido por la Asociación del Fútbol Argentino, lugar en el que trabajaba desde 2009.  Cuello es uno de los árbitros santafesinos que demandó a la AFA por discriminación y conducta antisindical. Esta última semana se conoció que la acción de amparo que emitió tuvo resolución favorable para el trabajador, que deberá ser indemnizado por AFA y convocado para dirigir de manera inmediata.

El conflicto entre SADRA, Sindicato de Árbitros Deportivos de la República Argentina, (NdR: gremio que agrupa a los árbitros del interior) y la AFA comandada por Claudio “Chiqui” Tapia comenzó en 2019. Tras unas paritarias que no funcionaron para el gremio, desde la sede de Rosario del Sindicato, citaron a los árbitros para comentarles que la relación entre el Sindicato y la empresa empleadora (AFA) estaba rota y que iba a ser perjudicial para los trabajadores continuar afiliados a SADRA. “El gremio entendía que la única forma de arreglar el inconveniente era desafiliándonos”, le explicó a El Hincha Cuello. Es decir  trabajar de manera independiente.

“Se generó desde AFA una intención de vaciar el sindicato de afiliados con relación de dependencia, éramos 150 en aquel momento. 130 renunciaron por miedo a perder el trabajo. Los otros 20 iniciamos una demanda”, relató Cuello.

Tres de esos trabajadores son árbitros santafesinos: Federico Cuello, Sebastián Ranciglio y Martín Grasso. La resolución De Cuello ya salió, y se espera por la de los otros dos. La del santafesino tuvo como antecedente el de Martín Maximiliano Salado Paz, hace un mes.

“Algunos decidieron no renunciar y como vieron después de tres meses que no eran designados, se fueron del gremio. A la semana siguiente ya estaban dirigiendo con normalidad en su categoría”, relató Cuello.

El mensaje, contó el árbitro, era de alguna manera que el que se iba, iba a tener mejores condiciones laborales y que el que no, corría riesgo de no trabajar. “Cuando empezaron los torneos nuevamente, no nos designaban partidos. Los que renunciaron sí”, recordó.

De dirigir 4 partidos por mes, quienes no se desafiliaron a SADRA pasaron a dirigir ninguno. En aquel momento, Cuello tenía entre 200 y 300 partidos en la Primera B Nacional y más de 50 como asistente en la Primera División.

“Primero hicimos presentaciones desde el sindicato hacia la AFA, nunca nos recibieron ni nos respondieron. Hubo presentaciones en el Ministerio de Trabajo y luego como sindicato se hizo una presentación en la justicia por discriminación, pero era general. Lo que terminamos haciendo es que cada uno de manera personal presente un recurso de amparo por discriminación sindical e individual”, contó sobre el proceso judicial que hoy tiene resolución.

“Se detuvo nuestra carrera. Al año y medio me designaron nuevamente con un partido por mes”, afirmó y continuó: “Cuando mi juicio tomó importancia, tras el recurso de amparo, me empezaron a designar para tener pruebas, para que se caiga el juicio laboral”.

“Yo entendí que la mejor manera de defenderme era quedándome en el sindicato que era el que me defendía”, dijo Cuello.

El árbitro rosarino de 42 años contó que tras lo sucedido tuvo “depresión y estrés”: “Dejé de dirigir porque me angustió mucho. Es un trabajo y una profesión, y de estar esperando los fines de semana para trabajar, a quedarme en mi casa fue un golpe muy fuerte”.

“La carrera del árbitro es muy difícil, no da lugar a tener otro trabajo, tenemos muchas actividades. No es solo un trabajo del fin de semana. Incluso antes de ser profesional todos mis movimientos estuvieron en relación al arbitraje. En segundo lugar tenía un reparto de artículos de almacén que me daban flexibilidad laboral”, contó. Ese segundo trabajo se terminó convirtiendo en su actividad principal para poder sobrevivir.

“Me quedé sin ese ingreso de árbitro y significó cambiar toda mi vida. No sólo desde lo económico. Pero nos cortaron un posible crecimiento en nuestra carrera. Es una carrera corta, como la del jugador de fútbol, fueron 4 años perdidos, es como que te han hecho retirar de la profesión. Además, nunca nadie nos supo explicar el porqué, nadie me pudo hacer entender porque me tenía que ir del sindicato, yo no tenía un cargo ni nada, era sólo un afiliado más. Eso es lo más grave, nadie me lo supo explicar”, recordó.

“A mí me arruinaron la carrera y acá hubo persecución. Voy a volver y voy a hacer lo mismo que hacía antes, siempre manejando de manera correcta. Mi regreso es un mensaje para todos los chicos que vienen atrás”, reflexionó.

La Justicia determinó su reincorporación inmediata a la actividad laboral y el cobro de 900.000 mil pesos más intereses en modo de reparación al daño material y moral. Además, el pago de 800.000 mil pesos por una multa por práctica desleal y el pago de las costas del juicio.

La sentencia 

En su fallo, el juez Matías Moreno Espeja indicó que “el actor por Cuello) debe gozar de una amplia protección para poder desempeñar sus labores libremente, con igualdad de trato y sin discriminación arbitraria, extremo que no ha respetado la accionada y por lo cual tendrá andamiaje positivo el reclamo realizado”.

“Bajo este contexto, obliga a quien ejerza actos discriminatorios a cesar su realización y a reparar el daño moral y material ocasionado”, sostiene. “Y condenar a la AFA para que cese su conducta discriminatoria y antisindical para “con el actor por su calidad de afiliado al SADRA y lo restituya a su puesto de trabajo con la periodicidad, funciones y categoría descripta en demanda”, sentenció.

También ordenó reparar el daño material y moral con la suma de 900.000 pesos más intereses.

Al mismo tiempo, estipula una multa por práctica desleal: “Cabe hacer lugar al pedido de sanción por práctica desleal adoptada por la AFA, que prevé como prácticas desleales: e) Adoptar represalias contra los trabajadores en razón de su participación en medidas legítimas de acción sindical o en otras actividades sindicales o de haber acusado, testimoniado o intervenido en los procedimientos vinculados a juzgamiento de las prácticas desleales; y g) Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de su personal, con el fin de impedir o dificultar el ejercicio de los derechos a que se refiere esta ley.  Sostengo lo expuesto, ya que, la AFA no logró acreditar que la no designación de partidos, fuera en base a criterios objetivos y no por su condición de afiliado al SADRA. Por ello, estipulare como multa la suma de 800.000 pesos”, agregó el magistrado.

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