Un colegio privado de la ciudad de Mar del Plata fue sentenciado a pagar una indemnización millonaria a una alumna que sufrió incesantes actos de acoso escolar y la decisión de la Justicia Civil se fundamenta en las pruebas contundentes que respaldaron los sistemáticos hostigamientos que padeció la joven.
Según informó del diario La Capital de Mar del Plata, el fallo fue emitido por la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, conformada por los jueces Ricardo Monterisi, Roberto Loustanau y Alfredo Méndez y esta instancia judicial se llevó a cabo tras una resolución inicial del Juzgado en lo Civil y Comercial N°10, de la jueza Mariana Tonto de Bessone, quien ya había condenado al colegio a pagar una suma significativa de $1.604.787 como compensación por los daños y perjuicios ocasionados.
Según se confirma en la sentencia, durante su cuarto año de secundaria, la adolescente fue víctima de una serie de agresiones por parte de sus compañeros, quienes la sometieron a insultos, empujones, obstrucciones para hacerla tropezar, la discriminaron y la excluyeron de los grupos de WhatsApp, hechos que fueron corroborados y documentados en el proceso legal.
En tanto, trascendió la institución educativa, en un intento por explicar su responsabilidad, negó rotundamente los hechos y sugirió que las situaciones vividas por la estudiante no fueron tan estresantes o, incluso, que nunca ocurrieron.
Todo se inició el 30 de octubre de 2017, cuando el padre de la menor informó a la dirección del Instituto Galileo Galilei sobre la hospitalización de su hija debido a un “pico de estrés” ocasionado por los problemas que enfrentaba con sus compañeros y, aunque el director de la entidad afirmó desconocer cualquier conflicto previo relacionado con la alumna, una preceptora negó esta afirmación al recordar sucesos de tensión que involucraban a dicho grupo de estudiantes.
“No existían antecedentes clínicos previos que indicaran la presencia de epilepsia, la cual se volvió crónica e incurable como resultado del acoso escolar”, se destacó en el fallo. En tanto, las opiniones del neurólogo que atendió a la víctima, del experto en peritajes neurológicos y de la psicóloga que evaluó el caso, coincidieron en que situaciones de estrés como el bullying, pueden desencadenar episodios de epilepsia.
Los jueces resaltaron que la entidad educativa, en su calidad de responsable de la formación de los alumnos, debía tener conocimiento de las posibles consecuencias psicológicas y físicas que los estudiantes podrían sufrir a causa del acoso escolar.
Aunque en primera instancia la jueza redujo este porcentaje a la mitad, el tribunal superior decidió mantenerlo intacto y estimar incrementos futuros basados en la “probabilidad de progreso laboral de la demandante”.
La indemnización por daños y perjuicios de $3.178.847,98, a lo que se suma un 10%, alcanzó una cifra total de $3.496.842,78. Además, se estableció que la compañía de seguros, que inicialmente había rechazado toda responsabilidad en relación con el caso y la condición clínica que sustentaba la demanda, deberá responder de manera conjunta con el colegio demandado.
El tribunal concluyó que “la responsabilidad de la institución educativa abarca tanto el daño sufrido por la víctima como el causado por los alumnos durante la actividad escolar”. Por último, se fijó una suma de $3.199.999 para compensar el daño moral sufrido por la entonces adolescente, quien actualmente es mayor de edad.