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Indagan a 12 represores por homicidios, abusos sexuales y la sustracción del nieto 133

Los genocidas son juzgados por delitos cometidos en cuatro brigadas policiales, que funcionaron como centros clandestinos de detención durante la última dictadura cívico militar, entre los que se encuentra la sustracción de Daniel Santucho Navajas, un nieto recuperado

El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de la ciudad de La Plata amplió las imputaciones a 12 represores que son juzgados por delitos cometidos en cuatro brigadas policiales, que funcionaron como centros clandestinos de detención durante la última dictadura cívico militar, entre los que se encuentra la sustracción de Daniel Santucho Navajas, el nieto recuperado número 133, informaron este lunes fuentes judiciales.

Los represores serán indagados este martes bajo la sospecha de que habrían participado en 11 homicidios, 17 abusos sexuales, 20 privaciones ilegítimas de la libertad, la desaparición de una mujer secuestrada y la sustracción de Santucho Navajas, cuya restitución fue anunciada el julio último por Abuelas de Plaza de Mayo.

Los acusados están siendo juzgados desde octubre de 2020 en el denominado proceso «Brigadas», en referencia a los centros clandestinos que funcionaron en las reparticiones policiales de las localidades bonaerenses de Quilmes, Banfield, Lanús y San Justo.

El pedido de ampliación de las imputaciones había sido presentado en septiembre último por la Unidad Fiscal Federal (UIF) de La Plata y contó con la adhesión de las querellas.

El TOF resolvió hacer lugar a esa solicitud.

Los represores que serán indagados son Roberto Balmaceda, Jorge Di Pasquale; Jorge Bergés; Carlos Romero Pavón; Jaime Lamont Smart, Federico Minicucci, Guillermo Domínguez Matheu Carlos Fontana, Luis Castillo, Alberto Candioti, Juan Miguel Wolk y Enrique Barré.

La auxiliar fiscal Ana Oberlín resaltó, en declaraciones a Télam, que el Tribunal hizo lugar al pedido de incorporar casos de violencia por medios sexuales que no habían sido sumados antes. «Es importante para seguir visibilizando» este tipo de delitos, evaluó. Oberlín celebró que los jueces «hayan incluido el caso del nieto 133» tras un pedido hecho por Abuelas de Plaza de Mayo. «Nos parece trascendente porque se dio la particularidad que se lo encontró en el medio del juicio, entonces era importante que esa situación quedara plasmada en la sentencia y se incluyera a su caso», explicó.

Daniel Santucho Navajas es hijo de Cristina Navajas, cuyo cautiverio en el centro clandestino de detención Pozo de Banfield ya era juzgado por el tribunal.

En la resolución, a la que accedió Télam, los jueces del TOF 1 Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Ricardo Basílico expresaron que «si bien la descripción del caso no se encuentra explícitamente contemplada en la acusación, se trata de un hecho surgido durante el curso del debate que integra un delito continuado» y «evidencia una relación inescindible con la privación ilegal de la libertad de su madre», afirmaron los jueces.

Cristina Navajas fue secuestrada el 13 de julio de 1976 en un departamento donde vivía su cuñada, Manuela Santucho.

Según las pruebas y testimonios obtenidos, Navajas estaba embarazada cuando fue ingresada a fines de diciembre del mismo año a la ex Brigada de Investigaciones de Banfield. En abril de 1977, sin embargo, fue vista sin su hijo.

Los jueces indicaron que en el Pozo de Banfield funcionó una «maternidad clandestina» y en ella se habrían producido 10 nacimientos.

«La aparición de Daniel Santucho Navajas y la recuperación de su identidad completa la plataforma fáctica y se constituye como un elemento de continuidad con la privación ilegal de la libertad de su madre, por lo que corresponde hacer lugar a lo requerido», afirmaron.

Por la sustracción de Santucho Navajas serán indagados este martes Wolk, Smart, Minicucci, Domínguez Matheu, Fontana, Castillo y Bergés.

A fines de septiembre último, la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense pidió también que se imputara a los represores los delitos cometidos contra más de 50 niños y niñas que fueron encerrados en sus casas o abandonados en ellas tras el secuestro de sus padres por parte de grupos de tareas militares.

El TOF 1 no hizo lugar a este pedido de ampliación por considerar que «la lógica más elemental indica que para que algo sea ampliado debe existir con un alcance menor al pretendido», en alusión a que el caso de esos 50 niños, niñas y adolescentes no fue investigado en la instrucción ni figuran en la elevación a juicio.

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