La causa que inició una vecina de la localidad bonaerense de Avellaneda contra dos frigoríficos industriales que funcionan linderos a su vivienda retomó su curso natural luego del apartamiento del juez del caso –por desoir una orden de un tribunal superior– y la designación de una nueva magistrada.
La denunciante presentó una acción preventiva de daño ambiental contra las compañías “Internacional de Congelados SA” y “Agro Patagónico SA” tras cuestionar que ambas firmas se encuentran emplazadas en un barrio residencial pese a su actividad, acopian grandes cantidades de amoníaco, vuelcan contaminantes industriales y restos de sangre y grasa animal sin permisos ambientales que provocan olores nauseabundos.
El proceso judicial llegó hasta la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que clausuró la actividad de los dos frigoríficos hasta tanto se corrijan irregularidades, medida que quedó sin efecto tres semanas después cuando volvió a manos de Jorge Ernesto Rodríguez, el juez federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de Morón que tiene competencia especial en los 14 municipios bonaerenses involucrados en el saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo, zona de vuelco de efluentes de los dos frigoríficos denunciados.
Tras su apartamiento del caso, la misma Cámara Federal designó a la jueza Alicia Vence, quien este mes citó a las partes a una audiencia en la que escuchó los diferentes planteos y dispuso un recorrido para constatar de forma directa las instalaciones de los frigoríficos y la zona residencial donde se encuentran emplazados junto a los estadios de Racing e Independiente, el Shopping de Avellaneda y la Universidad Nacional levantada sobre el viejo Mercado de Abasto. La visita tuvo lugar el 19 de marzo pasado con participación de representantes de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (Acumar), del Ministerio de Ambiente de Buenos Aires y del Municipio de Avellaneda.
Amoníaco
Al finalizar el recorrido, la magistrada labró un acta donde dejó constancia que no se observó acopio ni manipulación de amoníaco, aclaración que despertó preocupación tanto en la denunciante como en las organizaciones ambientalistas que la acompañaron.
“Vemos con cierta preocupación la afirmación que realizó la jueza ya que la estructura para refrigerar carne animal en niveles industriales se procesa en frigoríficos de enormes dimensiones que necesariamente funcionan a base de amoníaco anhidro, un gas con olor irritante y sofocante que es tóxico y corrosivo en contacto con el tejido humano”, dijo el abogado Fabián Maggi que patrocina a la vecina. Agregó que el almacenamiento de grandes volúmenes de ese gas en aparatos sometidos a presión implica un riesgo de incidente grave y por eso esas industrias no pueden instalarse en áreas urbanas.
Puntos de vista
Durante la audiencia, los representantes de los frigoríficos negaron estar emplazados en una zona no apta y desmintieron que desarrollan su actividad por fuera de la ley. Por su parte, el Ministerio de Ambiente realizó una exposición acerca del funcionamiento de los aparatos sometidos a presión, dijo que anualmente las empresas deben contratar a un ingeniero que realice un ensayo no destructivo y completar un formulario que sin la aprobación de los aparatos sometidos a presión no es posible extender el certificado de aptitud ambiental. A su turno, el Municipio de Avellaneda hizo referencia a la historia del asentamiento de las industrias en esa localidad y manifestó que el lugar es “residencial mixto” por lo que admite industrias hasta categoría 2. Al respecto refirió que hay varias empresas en la zona que están habilitadas por el Municipio y que extendieron a ambos establecimientos los Certificados de Aptitud Ambiental. También dijeron que el Municipio tiene intención de trasladar a las empresas a un parque industrial y que los dos frigoríficos demandados expresaron voluntad de trasladarse.
Por su parte, Acumar entregó un informe donde referencia un evento concreto de contaminación por derrame, vuelco que motivó la clausura de uno de los frigoríficos y el labrado de un expediente administrativo. También mencionó que “fuera de ese hecho contaminante” no hay riesgos de contaminación ambiental ni motivo para continuar con las actuaciones.
Odisea judicial
La denunciante es una licenciada en química cuya casa es pared lindante con los frigoríficos. A fines de 2022, la Sala I de la Cámara Federal de San Martín ordenó una medida cautelar que clausuró ambas firmas. Tres semanas después, el juez federal de Morón Jorge Rodríguez volvió a habilitar el funcionamiento de las empresas.
Para llegar a esa sentencia dio por válido un documento presentado por los frigoríficos donde la Municipalidad de Avellaneda explica que las demoras en la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) se debían a un “problema” del Ministerio de Ambiente de Buenos Aires.
El magistrado también avaló el planteo de los demandados que pidieron volver a ser habilitados por el daño económico irreparable que representaba la suspensión del uso de maquinaria ya que refrigeraban más de 1.500.000 kilos de mercadería perecedera y que peligraban unos 60 puestos de trabajo.
El juez Rodríguez hizo lugar a esos planteos y levantó la clausura, aunque sostuvo la suspensión tanto del vuelco de efluentes líquidos industriales como del acopio o manipulación de amoníaco anhidro, encomendando su verificación a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (Acumar). También fijó un depósito de 5 millones de pesos en forma de garantía.
La vecina de Avellaneda apeló el fallo por “arbitrario” y cuestionó al juez por modificar una medida cautelar sin que las empresas denunciadas hayan regularizado lo que exigió la Cámara Federal, como el Certificado de Aptitud Ambiental, y porque además no le corrió traslado de esa decisión.
La sentencia también fue cuestionada porque revocó la clausura con la sola presentación de documentación por parte de los frigoríficos sin “verificar su autenticidad con ningún otro medio de prueba”.
Al respecto, la vecina esgrimió que esos documentos eran “claramente ilegales” y que lo informado por el Municipio de Avellaneda era “totalmente falso” por ser insostenible que esas empresas puedan funcionar sin Certificado de Aptitud Ambiental.
La mujer agregó que el permiso no les fue concedido porque ambos frigoríficos se encuentran emplazados en una zona residencial y comercial que no es “apta” para la radicación de ese tipo de industrias.
Apartado
Los cuestionamientos al fallo de Rodríguez fueron escuchados por los camaristas que tuvieron en cuenta una sanción contra los frigoríficos a partir de una inspección que detectó el vertido “de líquido de color y olor sanguinolento al cordón cuneta (destino pluvial)” y que las muestras superaron los límites tolerados por la ley de efluentes líquidos DBO, DQO y fósforo. También mencionaron que ante la duda, los jueces deben resolver de manera tal que favorezcan la protección y conservación del medio ambiente. Tras apartar al juez, la Sala I de la Cámara Federal de San Martín designó bajo sorteo a la actual jueza del caso, Alicia Vence.