Política

Santa Fe

El Poder Judicial muestra preocupación por el cambio en sistema de elección de funcionarios y jueces

Un decreto provincial modifica la reglamentación en los concursos. Para el Colegio de Magistrados estas reformas provocan un debilitamiento del sistema y una mayor politización en el proceso de selección


Ante el decreto provincial de fines de mayo que modifica los lineamientos por los que el Consejo de la Magistratura selecciona jueces y funcionarios del Poder Judicial  el Colegio de Magistrados de Santa Fe mostró su preocupación ante las modificaciones introducidas al régimen que se aplica a los concursos.

El decreto establece un nuevo régimen de selección en los concursos para cubrir cargos en el Poder Judicial. En esta normativa no solo se introducen cambios a la composición del cuerpo examinador sino además al rango de los resultados, el contenido del examen de oposición o la conformación de la propuesta al Poder Ejecutivo entre otros puntos.

Entre los fundamentos que se exponen en la parte considerativa del decreto se traza una evolución de la normativa que condujo a la autolimitación del P.E. provincial para el régimen de selección de magistrados y funcionarios de los órganos del sistema penal.

Si bien ese recorrido de disposiciones legales y reglamentarias es preciso, no queda suficientemente definido ni destacado en esas consideraciones la directa implicancia que tiene el sistema de selección en la preservación de la garantía de independencia judicial del Poder Judicial y de sus integrantes, como así también en la autonomía funcional de los Órganos del sistema penal.

La naturaleza o estatus de su fuente reglamentaria que el sistema de selección exhibe en la provincia de Santa Fe, si bien puede constituir una debilidad al no estar previsto ni constitucionalmente ni legalmente, las sucesivas reglamentaciones han procurado dar protección al sistema de selección, potenciando la prevalencia de los desempeños en las pruebas de oposición y entrevistas, dijeron en el documento.

“Por ello, lo que representa una debilidad del decreto 659/2024 es que no se observe ni mencione la directa implicancia que sus soluciones han de derivar sobre las condiciones (normativas y reales) de la independencia judicial en la provincia”.

El delicado equilibrio de un sistema de selección basado en la preponderancia de por el reconocimiento a la evaluación técnica y a la detección de condiciones profesionales de los postulantes, en histórica y recurrente tensión con las facultades políticas de los Poderes Ejecutivos para elegir postulantes sin atenerse a aquellos parámetros, es inclinado en el sistema reformado, lamentable y decididamente, hacia este último polo de facultades políticas del Poder Ejecutivo, refirieron.

Por añadidura, aquello que los postulantes podían poner de sí como condiciones de preparación profesional para ser elegidos ahora quedará relegado por la predominancia del criterio discrecional del Poder Ejecutivo al elegirlo.

En cuanto al concurso en sí, la colegiatura ve con preocupación  la eliminación del orden de mérito para la confección de las listas que debe confeccionar el jurado evaluador, luego de realizadas la oposición y entrevistas de postulantes.

La facultada de que el gobernador elija de entre los postulantes inscriptos para un concurso, cuando éste se encuentre paralizado por más de 90 días, y ni siquiera se hayan efectuado las pruebas de oposición y entrevistas personales a cada uno de ellos.

Refiere el documento al perderse la referencia objetiva al orden de méritos, se abre paso a un debilitamiento profundo de la futura independencia judicial de los postulantes, dado que pueden surgir instancias inciertas y aún azarosas de cómo hacer para que la elección gubernamental se vuelque sobre alguno o alguna de los igualados postulantes.

“Se observa que esta solución de supresión del orden de mérito implica el riesgo serio de una mayor politización del proceso de selección y un consecuente debilitamiento del sistema”.

Por último, no se comparte el criterio que establece el Reglamento al excluir la intervención de este Colegio en los procesos de selección de fiscales y defensores que dependen del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y del Servicio Público de la Defensa Penal (SPPDP).

Vale recordar que nuestra Institución aglutina no sólo a jueces y funcionarios que desarrollan actividades en los diferentes fueron del sistema judicial, sino también que nuclea, y por lo tanto representa, tanto a fiscales y defensores públicos, como así también fiscales y defensores adjuntos. Por lo que pidieron que se incorpore al Colegio de Magistrados como un estamento más para integrar los jurados que evaluarán a los eventuales postulantes para dichos concursos.

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