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Documentos por favor: afirman que los controles por averiguación de antecedentes son inconstitucionales

La abogada penalista y ex diputada provincial Matilde Bruera sostuvo que se trata de “una medida incorporada al reformado Código Procesal Penal de la provincia, en contra de la Constitución Nacional”. Y que la práctica impulsada por el ministro Cococcioni denota "la falta de inteligencia criminal"

Por indicación del ministro de Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni, se incrementaron los controles de identificación en las calles de los barrios rosarinos. “Una medida incorporada al reformado Código Procesal Penal de la provincia, en contra de la Constitución Nacional”, destacó la abogada penalista Matilde Bruera. Entrevistada por Radio Universidad, la ex defensora pública y ex diputada provincial cuestionó la práctica y recordó que era una rémora de la última dictadura que había quedado en pie en la década de 1990 y que el Estado argentino fue condenado por detenciones ilegales para averiguación de antecedentes después del emblemático caso de Walter Bulacio.

En los últimos meses es común ver en los barrios de Rosario que la Policía detiene a personas y les exige documentos para su identificación y comprobar si no tienen pedidos de captura. También en las redes sociales se difunden casos en aumento como el reciente de una indignada madre que aseguró que su hijo fue a comprar milanesas a un comercio a 50 metros y en el camino lo detuvieron agentes. “Lo que se hace es anticonstitucional y puede constituir una privación ilegal de la libertad”, advirtió Bruera al respecto.

“El control de antecedentes debe hacerse en el marco de procesos penales para verificar si hay reincidencia, si hay procesos paralelos, para unificar procesos o penas. Pero parar a la gente en la calle para ver si tienen o no tienen antecedentes es anticonstitucional. Y peor es privarla de la libertad, como se ha incorporado al Código Procesal Penal de la provincia de Santa Fe, para averiguar sus antecedentes en el caso de que esa persona no lleve consigo los documentos”, insistió la abogada penalista.

“Esa privación de la libertad sin orden judicial es una vieja práctica policial que esconde la arbitrariedad de la fuerza para detener y por lo cual la República Argentina oportunamente fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco del recordado caso de Walter Bulacio”, recordó Bruera, “Por ese caso se obligó al país a derogar esas prácticas que ya habían sido empleadas por las Fuerzas Armadas durante la dictadura para detener personas”.

Bulacio tenía 19 años cuando la Policía Federal lo detuvo momentos antes de ingresar a un recital de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota, el 19 de abril de 1991 en el estadio Obras Sanitarias de Buenos Aires, en el marco de una razzia por averiguación de antecedentes y sin intervención del juez competente. Fue retenido en la comisaría 35ª de Capital Federal y a la mañana siguiente lo trasladaron a un hospital donde murió cinco días más tarde, recordó Radio UNR.

En la seccional lo habían molido a golpes.

“Para mí lo más grave es la decisión del ministro Cococcioni que dice que para controlar el delito, el narcotráfico y el crimen organizado es necesario identificar a cualquier persona en la calle. Creo que el ministro está desorientado y entonces apela a la falta de inteligencia criminal y al dispendio de recursos para lograr sus objetivos”, agregó la ex legisladora.

Y resaltó: “La policía sólo puede detener personas por orden judicial salvo que esté cometiendo un delito in fraganti. Pero este tipo de prácticas que ahora se ven en las calles de la ciudad no están habilitadas por la Constitución, aunque se haya incorporado vergonzosamente al Código Procesal de la provincia la posibilidad de detener por 6 horas a cualquiera para averiguar sus antecedentes”.

La abogada también destacó que “cualquier persona que sea detenida tiene el derecho constitucional a realizar un llamado telefónico a alguien de su confianza para ponerla al tanto de lo ocurrido y además debe procurarse un abogado privado o defensor público para exigir la inmediata libertad”. No obstante remarcó que “la posibilidad de negarse a una identificación en la calle es limitada porque en caso de ponerse a discutir con la policía lo van a detener”.

Y completó: “La misma norma inconstitucional aclara que esa identificación no puede hacerse a cualquiera, sino contra aquellas personas sobre las que haya sospecha de delito. Pero en lo cotidiano eso no ocurre”.

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