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Derecho al agua: un juez falló a favor de vecinos de zona sur y hasta la IA de Whatsapp les dio la razón

El juez Marcelo Quaglia ordenó a Aguas Santafesinas llenar tanques domiciliarios semanalmente y entregar 20 litros de agua potable por día hasta que dé otra solución. En su resolución tomó la Convención Interamericana de Derechos Humanos y hasta le preguntó a la inteligencia artificial de Meta

La empresa Aguas Santafesinas deberá asegurar la provisión de agua para uso y consumo de vecinos de la zona sur que recurrieron a la Justicia ante las deficiencias en el servicio que padecen desde hace casi una década y media, desde que abrió sus puertas el casino City Center en avenida Cirunvalación y bulevar Oroño. El juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia ordenó a la empresa cargar los tanques domiciliarios mediante una cuba de agua una vez a a la semana, asegurando la provisión de bidones de agua potable para el consumo personal a razón de 20 litros por día. Pero además, y en forma inédita, los vecinos recibieron un inesperado apoyo, el de la inteligencia artificial de Whatsapp: el magistrado preguntó a la todavía flamante herramienta del círculo azul (Meta IA) si “se cumple el derecho al acceso al agua con una presión menos a 1 mca (metro de columna de agua)”, y la respuesta fue que no. Y además, abundando en que “el derecho al acceso al agua implica no sólo tener una cantidad suficiente, sino que el agua sea segura, aceptable, asequible y accesible, siendo la presión un factor importante para garantizar el acceso equitativo y seguro al agua”. De igual modo, Assa apeló y ahora el caso pasará a la Cámara del fuero.

Representados por los abogados Jorge Cusenza y Esteban Jurún, vecinos de la zona sur pidieron una medida autosatisfactiva, es decir una solución urgente en el marco de una situación que requiere una pronta y expedita intervención de la Justicia. En concreto reclamaban a Assa que cumpla con el servicio de provisión de agua potable, un problema que vienen padeciendo desde hace años y que vinculan con la instalación del casino, inaugurado en octubre de 2009. Dicen que desde entonces, pero con mayor gravedad en los últimos años, se produjo una reducción sustancial del flujo de agua corriente, que llega con presión insufiiente para llenar los tanques domiciliarios en altura, por lo que se quedan sin agua en las canillas de sus hogares, y con un flujo escaso en las que están conectadas directamente a la red.

También recordaron que llevan años reclamando por la situación sin que se les solucione el problema, que se agrava más cada verano. Además sostienen que la poca agua que llega tiene coloración y no es apta para consumo, por lo que deben recurrir a agua embotellada. Por una razón u otra no pueden tomar, y tampoco lavar ropa, ni ducharse o lavarse, situación que los complica a diario.

Destacan que muchos utilizan bombas presurizadoras, pero aún así no alcanza. Por ello acudieron al Ente Regulador de Servicios Sanitarios y el organismo ordenó reducir los montos facturados: hace 14 años que les llegan facturas de valor cero, pero lo que quieren es agua, y no les dan respuesta.

Al contestar la demanda, la empresa afirmó que el servicio es brindado, si bien la presión de agua no es la óptima, y pidió el rechazo de la medida autosatisfactiva.

Informó que se encuentra proyectada una obra por parte del gobierno provincial para aumentar la presión en toda la zona, pero todavía no tiene fecha de ejecución.

Vistos los argumentos, el juez Quaglia consideró que “en efecto se configura un incumplimiento por parte de la demandada”, y que Assa, “conforme las constancias obrantes en la causa, no brinda en debida forma el servicio de provisión de agua potable en el domicilio de quienes plantearon la medida”. Agregó que “toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación”.

Además marcó: “El artículo 4 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos garantiza el derecho a la vida, desarrollando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el concepto de vida digna, que incluye el derecho de acceso al agua”.

La Justicia de Rosario hizo lugar a una medida autosatisfactiva y ordenó a Aguas Santafesinas asegurar a vecinos de la zona sur que realizaron el planteo del abastecimiento de agua para uso y consumo humano.

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