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La Justicia concedió a un hombre la adopción de la hija de su pareja pese a la oposición del ausente padre biológico

La madre inició hace cuatro años una relación de pareja con quien ahora es su esposo: se casaron este año. Y su hija, ahora mayor de edad, dijo mantener una relación con su padre biológico "por respeto", en la que sólo se ven una vez al mes, tras largo tiempo sin contacto

“En la adopción de integración no se pretende extinguir, sustituir o restringir vínculos, sino todo lo contrario: ampliarlos mediante la integración de un tercero que no fue primigeniamente parte de la familia”. Así sustentó la jueza de Familia Alicia Galetto una resolución en la que reconoció a un hombre como padre adoptante de la hija de su pareja, pese a las objeciones que intentó imponer el padre biológico.

El hombre, con el patrocinio de la abogada Alicia Colazo, inició una demanda de adopción simple por integración de la joven, quien ya es mayor de edad. El vínculo entre ellos se había fortalecido con el paso del tiempo: el hombre inició su relación de pareja con la madre hace cuatro años. De inmediato se generó un buen vínculo con la hija de la mujer, hasta constituir los tres una familia. Se casaron a principios de este año. Y él inició el pedido en el que la Justicia lo favoreció.

Respecto del padre biológico de la joven, actualmente tiene muy poco contacto con su hija. Cuando ella era una niña sólo veía a su padre un rato los días domingo, pero después el contacto se interrumpió por completo durante largo tiempo. Hace unos años retomaron el contacto, pero en forma muy esporádica: se ven una vez al mes. La propia joven destacó que acepta ese contacto “por respeto”, pero no desea compartir nada con su padre biológico.

Según el relato de la joven, con el esposo de su mamá comparten muchos momentos juntos y lograron construir una relación de confianza.

Por su parte, el padre biológico se opuso a la adopción, pero su objeción no fue admitida. De igual modo, la joven mantendrá su apellido de nacimiento.