En el marco del juicio conocido como El Villazo, la Fiscalía pidió la pena de prisión perpetua para los dos exdirectivos de la empresa Acindar de Villa Constitución. Fue en las audiencias de alegatos de la última semana. La causa investiga los secuestros, torturas y asesinatos cometidos contra 75 personas en marzo de 1975, un año antes del golpe militar que lideró Jorge Rafael Videla.
El juicio arrancó a fines de 2023. La Unidad Fiscal de Lesa Humanidad del Distrito Rosario también pidió penas de hasta 25 años de cárcel para policías federales y un integrante de la policía provincial.
En marzo del 75, ya operaba en el país una banda paraestatal conocida como Triple A. Alianza Anticomunista Argentina. Los asesinatos a opositores políticos estaban a la orden del día y el operativo Serpiente Roja del Paraná funcionó como una prueba de ensayo de lo que se volvería sistemático y extensivo a todo el territorio nacional entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983. Así lo entienden las querellas y la fiscalía en esta causa.
El operativo incluyó el desembarco de al menos cuatro mil efectivos de distintas fuerzas, desde militares y policías hasta integrantes de la Triple A. Tuvo como epicentro Villa Constitución pero iba desde el norte de Buenos Aires, ciudades como Zárate o Campana, hasta San Lorenzo, al norte de Rosario en la provincia de Santa Fe. En un solo día hubo 300 secuestros. Además, muchos asesinatos.
La causa actual investiga 75 casos, pero se podría ampliar el número en próximas elevaciones. Los jueces de la causa son Germán Sutter Scheneider, Ricardo Moisés Vásquez y Otmar Paulucci.
Durante la exposición realizada por el fiscal general Adolfo Villatte, titular de la Unidad Fiscal de Lesa Humanidad del Distrito Rosario, conjuntamente con los auxiliares fiscales Juan Patricio Murray y Alvaro Baella, solicitaron penas que van de los 10 a los 25 años para 15 expolicías federales y un expolicía provincial.
El alegato se realizó ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Rosario en el marco de la causa conocida como «“El Villazo» o “Acindar”, bajo el nombre formal Pellegrini, el nombre de uno de los acusados.
El juicio investiga los hechos vinculados que tuvieron como víctimas tanto a trabajadores vinculados a la seccional Villa Constitución de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), como a militantes políticos y simpatizantes de la Lista Marrón de esa organización sindical, que poco tiempo antes había ganado las elecciones y ocupaba su conducción.
De acuerdo con la acusación fiscal, los secuestros de las víctimas sucedieron entre el 20 y el 26 de marzo de 1975, y también en abril, mayo y junio del mismo año. Las privaciones de la libertad se prolongaron luego por meses o años, según los casos. En enero y marzo de 1976 también se produjeron secuestros y homicidios relacionados con los hechos.
Pata empresarial
La complicidad y responsabilidad civil en el genocidio argentino es uno de los aspectos que más costó juzgar desde que se reanudaron las causas de lesa humanidad en 2006. La sentencia de la causa Ford marcó un hito y un antecedente fundamental para que se amplíen estas investigaciones.
En el caso del Villazo, esta causa es la primera en la región que juzga esa pata civil del terrorismo de Estado. Además, si se los encuentra efectivamente culpables.
Roberto José Pellegrini y Ricardo Oscar Torralvo se desempeñaban como personal jerárquico de firma metalúrgica Acindar SA. La Fiscalía requirió prisión perpetua por ocho casos de homicidio agravado, 29 casos de privación ilegal de la libertad agravada y tormentos agravados y por ser partícipes del delito de asociación ilícita.
En relación al integrante de la Policía Federal Argentina (PFA) Roberto Álvarez, solicitó una pena de 25 años de prisión al considerarlo responsable de 40 casos de privación ilegal de la libertad agravada y tormentos agravados y por integrar una asociación ilícita. Esa misma pena pidió para el exintegrante de la Guardia Rural «Los Pumas» de la Policía de Santa Fe, Amadeo Chamorro, por 23 casos de privación ilegal de la libertad agravada y tormentos agravados.
Con respecto a los policías federales Roberto Álvarez, Roberto Raúl Squiro, Oscar Alberto Vessichio, Juan Carlos Faccendini, Emilio Hugo Marciniszyn, Aldo Ramon Gradilone, Carlos Brest, Daniel Vicente Valdes, Carmen Amanda Grosolli De Hellaid, Ricardo Antonio Burguburu y Juan Carlos Romero, desde la fiscalía requirieron también 25 años de prisión por la privación de la libertad agravada y los tormentos agravados de 23 víctimas, además de la comisión del delito de asociación ilícita.
Por su parte, para Anibal Lozano Windus, los integrantes del MPF requirieron una pena de 16 años de prisión por la privación de la libertad agravada y los tormentos agravados de 4 víctimas, además de haber integrado la asociación ilícita. Por los mismos delitos pero en perjuicio de dos víctimas, solicitaron 14 años de prisión para Oscar Roberto Giai, además de considerar que integraba también la asociación ilícita.
Por su parte, para los también policías Horacio Miguel Nardi y Juan De Jesus Martínez, la fiscalía pidió 10 años de prisión por la privación de la libertad agravada y los tormentos agravados de 1 víctima, respectivamente, y por integrar la asociación ilícita.
Dentro del petitorio, se reclamó que las penas impuestas se cumplan en cárcel común y que se asegure el cumplimiento de las mismas mediante el encarcelamiento inmediato.
También se solicitó se declare “la insanable inconstitucionalidad de los decretos N°1368/74 y N°2717/75 en la aplicación que se hizo de ellos a las víctimas para ponerlas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional bajo la excusa de integrar un complot subversivo inexistente”. En esa línea, pidieron la inconstitucionalidad del decreto 642/76 y de la ley 21.449 por los que se impidió a las víctimas el ejercicio de la opción de salida del país.
Reparación a las víctimas
Por otra parte, a modo de reparaciones simbólicas y en línea con lo que mandan tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, los fiscales solicitaron que se ordene a los medios de comunicación locales de mayor circulación de Villa Constitución que, cuando se dé a conocer, publiquen el veredicto de la causa en sus ediciones impresas y online. La Unidad Fiscal de Lesa Humanidad también requirió que se ordene al Poder Ejecutivo de la Nación y al Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe que señalicen como Centros Clandestinos de Detención a los edificios de Jefatura de Policía de Villa Constitución, Delegación Rosario de la PFA y Prefectura Naval Argentina Rosario, prohibiendo que se los modifique.
Asimismo, los representantes del Ministerio Publico Fiscal (MPF) solicitaron que se ordene a las empresas Acindar SA, Metcon SA, Wobrom, Villber SA y Marathon SA y/o sus continuadoras o Sindicaturas Concursales que se deje constancia en los legajos personales de las víctimas que se desempeñaron en ellas que la no presentación a sus puestos laborales se debió a que fueron asesinadas o privadas ilegítimamente de su libertad, conforme el relato de los hechos realizado por el MPF, y no a un abandono voluntario de sus trabajos como en muchos casos se hizo constar.
Por último, y “por aplicación al Derecho a la verdad histórica que asiste a familiares y a la sociedad toda, se declare que se encuentra probada la participación en los hechos represivos en cuestión de personal del Ejército Argentino, Prefectura Naval Argentina y de la fuerza parapolicial al servicio del Ejército Argentino conocida como Triple A”.
El juicio continuó este lunes 4 de agosto con los alegatos del resto de las partes. Se espera que durante septiembre se conozca el veredicto del tribunal.