Rosario, sábado 28 de febrero de 2026
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Rosario, sábado 28 de febrero de 2026

Castigar más, comprender menos: cuando el relato mata al dato

El sensacionalismo, el dramatismo social y la necesidad de la dirigencia política de mostrarse “a la altura” suelen derivar en políticas sin sustento empírico, de sesgo punitivista y centradas en casos individuales, lo que implica riesgos evidentes
Ilustracion sobre la ley que baja la edad de imputabilidad
Ilustracion sobre la ley que baja la edad de imputabilidad

Luciana N. Ginga (UNR- CISEC[2]– CIGE[3])/ Marco Gaiero (CONICET[4]– UNR- CISEC)

En un contexto político marcado por el avance de fuerzas de extrema derecha, como el gobierno electo en Argentina en diciembre de 2023, la voracidad por castigar se vuelve explícita y persistente, y encuentra en la reforma del Régimen Penal Juvenil –que lleva a bajar la edad de punibilidad a 14 años– una de sus expresiones más contundentes

El Congreso de la Nación aprobó, el 27 de febrero de 2026, dicha reforma donde el gobierno nacional logró los consensos y las alianzas con otros sectores políticos para el acompañamiento. De modo que, si bien la reforma del Régimen Penal Juvenil fue impulsada por el gobierno nacional, vastos sectores políticos, sociales e institucionales han dado su apoyo explícito e implícito. Este escenario revela no solo la capacidad del oficialismo para articular alianzas, sino también la consolidación de un sentido común o punitivista que trasciende fronteras partidarias imponiéndose como un relato verdadero y como marco dominante para pensar la seguridad y la niñez en el país.

Diversas organizaciones sociales –como Amnistía Internacional, UNICEF, el CELS y la APDH–, partidos políticos –entre ellos Unión por la Patria y el Frente de Izquierda– y actores de la sociedad civil –incluidos sectores de la Iglesia católica como Cáritas Nacional y las Comisiones Episcopales de Pastoral Carcelaria y Socia– manifestaron públicamente su rechazo a la reforma y votaron en contra en el Congreso. Sus argumentos, apoyados en evidencia y en la experiencia histórica, fundamentan un repudio que contrasta con una orientación punitivista cada vez más extendida. Como advierte Simon Hallsworth, la sociedad parece haber “elegido distribuir sanciones mucho más punitivas a quienes define como objetivos adecuados para el ‘reparto del dolor’”.

Desde hace varios años –y con mayor intensidad tras la pandemia–, las políticas públicas de seguridad se formulan sin diagnósticos rigurosos ni planificación de mediano o largo plazo. Por el contrario, las medidas adoptadas suelen ser respuestas reactivas frente a hechos que generan una fuerte indignación social.

Aquí, buscamos comprender el complejo panorama en el que se debate la reforma del Régimen Penal Juvenil en Argentina. Nos preguntamos, siguiendo a Lahire: “para qué sirve entender”, cuál es el sentido de complejizar el análisis colocando sobre la mesa una serie de variables que permitan ampliar la comprensión de un fenómeno ¿Sobre qué evidencias, estudios o investigaciones se apoyan quienes han defendido la reforma de Régimen Penal Juvenil para bajar la edad de punibilidad? ¿Es necesario acudir a fuentes estadísticas, a registros nacionales, a consultas de especialistas que estudian el tema desde hace años? ¿Qué pueden aportar estas fuentes que no se sepa ya, o que los medios de comunicación o las redes sociales no hayan puesto de relieve?

Los casos de jóvenes involucrados en delitos graves son estremecedores y no pretendemos minimizarlos. En Rosario, en 2024, un adolescente asesinó a quemarropa a Bruno Bussanich en una estación de servicio, en medio de una serie de homicidios que sacudieron a la ciudad. También conmocionó el asesinato de la niña Kim Gómez en La Plata, en febrero de 2025, cuando dos jóvenes de 17 y 14 años robaron el auto en el que viajaba con su madre y la arrastraron más de un kilómetro porque no lograron desabrochar su cinturón de seguridad. A ello se sumó el homicidio de Jeremías Monzón, un joven santafesino torturado y asesinado por tres adolescentes, hecho que reactivó el debate sobre la reforma del Régimen Penal Juvenil y la baja de la edad de imputabilidad. Sin embargo, este proyecto evita discutir las condiciones que llevan a que un niño, niña o adolescente pueda cometer hechos de tal gravedad. En lugar de fortalecer políticas preventivas y un enfoque “ex ante”, se limita a una respuesta centrada en el castigo, guiada más por el sentido común punitivo y la emocionalidad social que por un análisis serio de las causas.

La centralidad de lo policial y lo penal –aunque relevantes– ofrece una mirada parcial sobre los problemas de seguridad y contribuye a ocultar las desigualdades, las relaciones de poder y las asimetrías que atraviesan estos fenómenos. Como advierte Lahire, un enfoque basado en el “libre albedrío” tiende a responsabilizar individualmente a quienes cometen delitos y, en consecuencia, a producir lecturas sesgadas que desatienden las dimensiones estructurales que los explican.

Claudia Cesaroni, una de las abogadas del fotorreportero Pablo Grillo a quien la Gendarmería hirió gravemente en el cráneo en unas de las manifestaciones contra el gobierno nacional, expresó “no está en el debate público que, porque un gendarme le voló la tapa de los sesos a un fotoperiodista que estaba haciendo su trabajo en una protesta, haya que terminar con toda una fuerza” (Canal abierto, Instagram, 12 de febrero 2026). Esta reflexión nos permite establecer algunos ejes de reflexión: no es posible ni recomendable, cuando se trata de diagramar una política pública, una reforma o una ley (que impacta en la vida de las personas, en su presente y en su futuro) tomar un puñado de casos como el todo, aunque estos casos sean inadmisibles y generen un gran repudio social.

Al respecto de la situación de jóvenes y su participación en distintos delitos, la información producida en 2023 por la Corte Suprema de Justicia de la República Argentina señala que, en ese año, alrededor de 4 mil jóvenes estuvieron sujetos a medidas del sistema penal juvenil en todo el país, lo que representa no más que el 0,1% del universo total de adolescentes de entre 14 y 17 años. Con respecto a la participación en delitos contra la propiedad, el Ministerio de Seguridad de la República Argentina (2025) señala, para el período 2018-2024, la participación de 55.925 menores de 15 años en estos ilícitos y 72.439 de entre 16 y 17 años que, en conjunto, representan casi el 8,76% del total de delitos contra la propiedad registrados. En cuanto a los homicidios dolosos, esta misma agencia menciona que en la cohorte 2017-2024 se cometieron 17.325 hechos en todo el territorio nacional, de los cuales el 0.68% involucró a personas menores a los 14 años (Ministerio de Seguridad de la República Argentina, 2025).

El sensacionalismo, el dramatismo social y la necesidad de la dirigencia política de mostrarse “a la altura” suelen derivar en políticas sin sustento empírico, de sesgo punitivista y centradas en casos individuales, lo que implica riesgos evidentes. En primer lugar, este enfoque generaliza a partir de episodios aislados y desconoce lo que muestran las estadísticas y las investigaciones académicas y periodísticas. Además, se apoya en consignas que aparentan sensibilidad y solidaridad –útiles para redes y campañas– pero que carecen de base científica y refuerzan prejuicios y estigmas, especialmente sobre los sectores más vulnerables.

Los datos anteriormente expuestos permiten demostrar que, si bien era y es necesario que en nuestro país se discuta el funcionamiento del Sistema Penal Juvenil, –el estado de los establecimientos de detención, el desempeño de las áreas encargadas del abordaje de niños/as y adolescentes, las medidas de encierro correspondientes y la forma en que se debe tratar a las víctimas de este tipo de hechos– los problemas de seguridad en la Argentina no se deben a la participación de niños/as y adolescentes y que el dramatismo que suscitan ciertos hechos no fundamentan la implementación de medidas reactivas con poco énfasis en la prevención. Por otro lado, aunque resulta difícil pensar políticas de seguridad sin contemplar el rol que deben ocupar las agencias policiales, penitenciarias y judiciales, la primacía de un enfoque tradicionalista o populista penal lleva a que no se contemplen los factores sociales, económicos, políticos, culturales y urbanísticos que posibilitan la comisión de ciertos delitos.

No son tiempos favorables para las Ciencias Sociales como motor y fuente de la discusión pública que abreva de datos, estadísticas, documentación y análisis basados en evidencia para diagramar políticas públicas o diversas intervenciones que emerjan de los Estados. Desde la pandemia, dichas ciencias han sufrido embates que pretenden deslegitimar sus producciones y resultados para, entre otras cosas, desfinanciar y desprestigiar los avances y descubrimientos que -en muchos casos- contradicen postulados o verdades que se sostienen desde el sentido común y que son impulsadas por las extremas derechas a nivel mundial.

Ahora bien, por qué es imperioso acudir a las Ciencias Sociales para entender. A propósito, Lahire plantea que “entender sirve para resolver los problemas de un modo que no implique la exclusión (encarcelamiento, apartamiento o confinamiento psiquiátrico) o la destrucción del otro (pena de muerte). Tomar distancia de la consideración generalizada permite tener en cuenta la totalidad de un problema cuando todos tienen la mirada puesta en los actos de los delincuentes o criminales y la “personalidad” de los actores de determinados actos. Sólo el distanciamiento y la desindividualización del problema permiten considerar soluciones definitivas y duraderas. Probablemente esta sea una de las lecciones políticas más importantes de las ciencias sociales”

Ante un contexto en donde el “sentido común” conforma un relato y se impone ante toda información producida en base a datos y criterios técnicos/científicos en lo que hace a los asuntos sociales -en particular los vinculados a las violencias y a la seguridad- las Ciencias Sociales se encuentran en el banquillo de los acusados. En este sentido, se las suele considerar explícitamente como “defensoras” de delincuentes, terroristas o incivilizados (parafraseando a Lahire) al intentar, mediante sus distintos métodos y técnicas explicar, con igual rigurosidad, por qué un joven proveniente de un barrio marginal termina convirtiéndose en delincuente o cuáles son los hechos que llevan a que una persona del mismo origen social pueda terminar siendo un agente policial torturador o vinculado a grupos criminales.

El propósito de las Ciencias Sociales no es justificar ni condenar conductas, sino comprender los factores –sobre todo contextuales– que las moldean y mostrar las asimetrías que explican por qué ciertos delitos y actores son criminalizados mientras otros, provenientes de sectores sociales más privilegiados, rara vez enfrentan el mismo rigor penal. En su intento por visibilizar estas desigualdades, las Ciencias Sociales inevitablemente interpelan al poder, lo que suele derivar en intentos de deslegitimación, desfinanciamiento o estigmatización de sus aportes, especialmente cuando cuestionan aquello que se presenta como natural o de sentido común.

En este escenario, producir conocimiento en Ciencias Sociales se vuelve una forma de activismo intelectual: no para reforzar opiniones preexistentes ni para ajustarse a lo “políticamente correcto”, sino para ofrecer otras maneras de comprender hechos que generan preocupación social. Esa tarea exige rigor científico y, al mismo tiempo, la capacidad de llevar estas discusiones más allá de la academia, acercándolas a toda la ciudadanía para disputar sentidos instalados o relatos consolidados que confunden justicia con castigo y que, en nombre de la seguridad, habilitan prácticas que reproducen dolor, abandono y vulneración de derechos, especialmente para niños, niñas y adolescentes.

 

[1] Una versión más amplia de este escrito puede encontrarse en Revista La Crítica del Derecho: https://lacritica.ar/post/castigar-comprender/

[2] Centro de Investigaciones en Seguridad Ciudadana (Facultad de Ciencia Política-UNR)

[3] Centro de Investigaciones en Gubernamentalidad y Estado (Facultad de Ciencia Política-UNR)

[4] Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas