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Lo condenan por abusar de su hijastra desde los 7 años

La violó durante 6 años. La madre de la chica fue absuelta, pero el juez dedujo que pudo haberse evitado.

La Justicia condenó al padrastro de una adolescente de 15 años a la pena de 10 años de prisión por abusar sexualmente durante seis años de la menor. El juez de Sentencia de la 3ª Nominación, Edgardo Fertita, entendió que Pedro P. se aprovechó de la situación de convivencia con la víctima y de su preeminencia económica para abusar de la niña, por lo que el hombre deberá cumplir el castigo impuesto. Por su parte, la madre de la chica, que llegó al juicio procesada por abuso agravado, fue absuelta a pedido de la fiscalía. Con todo, en el fallo queda expresado que si bien la mujer dijo que desconocía la situación que padecía su hija en manos de su pareja, los abusos no se hubieran consumado sin su contribución. La condena se materializó el 18 de marzo pasado, y ya la defensa del imputado la apeló.

La niña tenía 13 años cuando, el 17 de enero de 2009, su hermano vio cómo su padrastro dormía en la misma cama que la víctima. El chico decidió entonces contarle lo sucedido a su hermana mayor, quien se encargó de hablar con la niña.

En un primer momento, la víctima negó la situación, pero después reconoció que su padrastro la violaba y que su madre tenía conocimiento de lo que sucedía. Al lunes siguiente, el padre biológico de Y. se presentó con la adolescente a realizar la denuncia, y allí explicó que su hija le había contado que los abusos se venían repitiendo desde hacía 6 años.

La denuncia derivó en una causa penal contra el padrastro, identificado como Pedro P., y la madre de la adolescente, lo que derivó en que el hombre fuera detenido.

En la declaración indagatoria, el acusado negó la imputación y sostuvo que la victima tenía costumbres muy liberales y mantenía una relación con el marido de la hermana, a la vez que acusó a la menor de promiscua y de tener muchos novios. Por su parte, la madre de Y., quien también fue indagada, dijo que no sabía por qué su hija llevaba la presunta conducta que le había adjudicado el padrastro, y contra la sospecha de que consentía los abusos, refirió que “preferiría morir antes de entregarla”.

La defensa de la mujer, en sintonía, basó su estrategia en el descrédito del denunciante y de su hija. A la vez, expuso que su clienta se separó del padre de sus hijos porque el hombre era violento y le infería malos tratos, lo que la llevó a reclamar su exclusión del hogar. Por esto, el defensor señaló que el progenitor fue el autor intelectual de la denuncia de su hija. Y llegó más lejos: afirmó que la niña había mantenido relaciones sexuales con un “noviecito” y que incluso –siguió– fue vinculada con el marido de su hermana, además de adjudicarle ser causante de conflictos entre sus compañeras de colegio y sus novios. Junto a estas aseveraciones, el defensor presentó varios testimonios con el objetivo de desprestigiar a la menor.

La táctica de la defensa de los imputados fue refutada por el informe psicológico realizado a la víctima: el estudio demostró que “no se percibe tendencia a la fabulación, ni signos psicopatológicos”, y que “la joven presenta un relato veraz y conmovedor de los episodios de abuso, sin excesos de fantasías ni indicadores que presuman distorsión de los hechos. Se vislumbra así una narración sincera, sin animosidades, expectativa o estereotipos que indiquen estar en presencia de testimonio falaz o inducido”. Además, se comprobó que el acceso carnal al que era sometida la adolescente era de vieja data, y que se habían iniciado hace 6 años, justo en la época en que el acusado comenzó a relacionarse con la víctima. Con todos estos elementos de prueba, el magistrado condenó a Pedro P. a la pena de 10 años de prisión por el delito de abuso sexual agravado en tres hechos en los que la menor resultó ser la víctima.

El juez entendió que el hombre abusó de la situación de convivencia con una menor inexperta sexualmente por su corta edad, haciendo valer su preeminencia económica, que tradujo en incentivos monetarios y obsequios. El fallo dedica un párrafo a la madre de la chica, que llegó procesada al juicio y fue absuelta a pedido de la fiscalía. El juez refirió que si bien debía absolverla, entiende que sin su contribución Pedro P. no hubiera conseguido sus fines.

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