El camionero y el productor del programa de televisión cordobés que hicieron la cámara oculta que inició una investigación en contra del comisario Claudio Lentini brindaron declaración ayer en Tribunales. El juez que entiende en la causa, Javier Beltramone, confirmó que el video será considerado como prueba y que los testigos quedarán libres de imputación, por lo que la figura de cohecho queda descartada. De este modo, la imputación contra Lentini puede ser extorsión o concusión, indicó el magistrado.
El camionero Mario Franchos, y el productor del programa de televisión ADN, que se emite por el canal 10 de Córdoba, en el que fue exhibió la cámara oculta en la que se ve al comisario Claudio Lentini recibiendo una coima para restituir un vehículo a su dueño, prestaron declaración ayer al mediodía.
Los testigos fueron recibidos por el juez de Instrucción de la 9ª Nominación, Javier Beltramone, quien dijo que los dos hombres ratificaron con su relato lo que el magistrado ya había visto en el crudo del video, además de otros detalles que no fueron pasados al aire durante la emisión del programa.
En este mismo sentido, el juez Beltramone explicó que luego de ver el video sin editar entendió que el material puede considerarse una prueba válida para la investigación, ya que hay jurisprudencia que lo avala.
De hecho hace un mes la sala II dela Cámarade Apelaciones resolvió que un video filmado con un celular por las víctimas de una estafa en la compra de viviendas es prueba. En este caso, la defensa del imputado había solicitado que la prueba no fuera considerada al entender que se había vulnerado la garantía de defensa en juicio, el derecho a la intimidad del imputado y la prohibición de autoincriminación forzada.
Sin embargo, los jueces intervinientes –Ramón Ríos, Adolfo Prunotto Laborde y Otto Crippa García– rechazaron el pedido al considerar que “no puede decirse que es ilegal cuando es un particular el que toma conocimiento de la posible comisión de un ilícito y arbitra los medios a su alcance para documentarlo”. En el mismo fallo los magistrados afirmaron que cuando es el particular quien llevara a cabo la filmación, y no hay indicios para afirmar que de su parte mediara incitación a cometer un delito, también debe descartarse la objeción a la validez del aporte probatorio bajo la invocación de la hipótesis del entrampamiento, una figura legal estadounidense asimilable a la del agente provocador, o sea aquél que incita a la comisión de un delito.
Sin embargo, para Beltramone fue un error que el productor y el camionero no hubieran acudido ala Justiciaantes de realizar la cámara oculta, pero estos se excusaron diciendo que la decisión de no ir antes fue porque en otras oportunidades se filtró información.
Acerca de la imputación que le cabe a Lentini, el juez dijo que aún no lo ha resuelto. “Estamos entre dos figuras divididas por una delgada línea”, explicó Beltramone, al referirse a los delitos de extorsión –penado con entre 5 y 10 años de prisión– y concusión, esto es, cuando una persona que ocupa un cargo público ofrece agilizar un trámite por una suma de dinero, por la cual puede recibir entre 1 y 4 años de prisión.