Esta mañana recomenzó el alegato de la fiscalía con la responsabilidad que le cabe al represor Mario Alfredo Marcote en el marco de la causa Díaz Bessone, que se lleva adelante en los Tribunales de la ciudad por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.
El fiscal Gonzalo Stara mencionó en su alegato a una treintena de testigos que identificaron a Marcote en el Servicio de Informaciones (SI). Entre ellos se cuentan: Mirta Castellini, Eduardo Seminara, Liliana Gómez, Eva Esther Fernández, Stella Maris Porotto, Graciela Villareal, Heriberto Piccinelli, Juan Carlos Ramos, María de las Mercedes Sanfilippo, Carlos Corbella, Gustavo Píccolo, Carlos Pérez Rizzo, Juan Pablo Bustamante, Ana Moro, Eduardo Nassini, José Aloisio, Adrián Sánchez, Germán Telmo López, Juan Alberto Fernández, el matrimonio Sklate, Patricia Antelo, Angel Ruani, Juan Luis Girolami, Laura Ferrer Varela, Juan José Gollán, Ma Virginia Molina, Víctor Salami, Ma del Carmen Sillato, Esther Cristina Bernal.
Mientras tanto, Stella Hernández, periodista y secretaria gremial del Sindicato de Prensa Rosario (SPR), no solo lo reconoció en rueda de personas en el año 1984 sino que lo hizo en la propia sala “es el que está atrás a mi izquierda”.
Stara dijo que los testigos «lo ubican tanto en los procedimientos, como en la sala de tormentos y en los grupos que llevaban adelante las ejecuciones como el caso de la masacre de los surgentes (lo cual surge con claridad de los relatos de Píccolo y Pérez Rizzo)».
«Como hemos visto la pertenencia de Marcote al grupo de tareas, sus roles y funciones específicas se han acreditado más allá de cualquier duda. Secuestraba, torturaba, asesinaba y era uno de los principales protagonistas de los delitos sexuales. Se encuentra acreditada la responsabilidad que conforma la plataforma fáctica de este juicio», señaló el fiscal.
Por otra parte, respecto al represor José Carlos Scortecchini, el fiscal señaló que, «es ubicado por los testigos en la sala de tormentos, conduciendo víctimas desde y hasta el SI, participando de secuestros y en las desapariciones (como en el caso de los compañeros de Los Surgentes)».
Con respecto al imputado Ramón Vergara, Stara señaló que, «su pertenencia al grupo y permanencia en el SI se encuentra más que acreditada».
Cabe indicar que Una y otra vez el fiscal insistió en que «la normativa vigente no fue aplicada y en su lugar se llevó adelante un plan criminal sin sujeción a normas ni procedimiento alguno». Stara aclaró ante el TOF 2 que, «no se trató de detenciones sino de verdaderos secuestros».
«No era suficiente que la orden de detención emanara de alguna autoridad considerada competente a la época, sino que debe considerarse que la modalidad en que se lleva adelante la orden debe ser legal. El trato que se les daba a los presos comunes era indigno. En el caso de los presos políticos esta situación se agravaba aún más. La propia OEA manifiesta esto en un informe», dijola Fiscalíaante el Tribunal.
Para Stara «la responsabilidad de Lofiego, Marcote, Vergara, y Scortechini es como autores directos, como ejecutores de los hechos. Díaz Bessone debe responder como autor mediato por dominio de un aparato organizado de poder».