La Secretaríade Comercio Interior que conduce Guillermo Moreno estará a cargo del registro de fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y papel para diarios, según una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial. Ese registro fue creado en el marco de una ley aprobada por el Congreso dela Nación.
De esta forma, la dependencia que conduce Moreno quedará habilitada para el dictado y ejecución de actos tendientes a su instrumentación, funcionamiento, supervisión y control, establece en su artículo primero la normativa 9/2012, que lleva la firma del ministro de Economía, Hernán Lorenzino, cuya cartera cumplirá el rol de autoridad de aplicación de la ley.
Además, informa que “deberán inscribirse en dicho registro todos los sujetos alcanzados por el artículo 6º de la ley citada” que declaró de interés público la fabricación, comercialización y distribución de papel para diarios y “creó un marco regulatorio participativo cuyo objetivo esencial es asegurar para la industria nacional la fabricación, comercialización y distribución regular y confiable de dicho insumo”, destaca el texto oficializado ayer.
En ese marco, según indica el artículo tercero, “los fabricantes, distribuidores, comercializadores y compradores de pasta celulosa y de papel para diarios actualmente en actividad contarán con un plazo máximo de 22 días a partir del dictado del acto administrativo correspondiente por parte dela Secretaríade Comercio Interior, a los fines de su inscripción en el registro nacional mencionado en el artículo 1º de la presente” resolución.
En tanto, se explica en el artículo cuarto de la normativa oficial, que “los fabricantes, distribuidores y comercializadores alcanzados por el artículo 2º de esta resolución deberán cumplir con la obligación prevista en el artículo 18 de la ley en el plazo máximo de 5 días a contar desde la inscripción en el registro”.
El artículo 18 dice que esos actores tendrán que volcar en una página de internet los precios de compra equivalente contado de la madera, la pasta celulósica, el papel para reciclar, la soda cáustica y cualquier otro insumo que, en el futuro, conforme más del 10 por ciento de las compras anuales de la actividad.
“Quienes opten por agregar otras formas de publicidad, deberán hacerlo saber ala Secretaríade Comercio Interior, con una antelación a su implementación no inferior a diez días”, agrega la resolución.
Por otra parte, el artículo quinto indica que los fabricantes, distribuidores y comercializadores “deberán cumplir con la obligación de publicar los balances, prevista en el artículo 19, y la información prevista en el artículo 20, en la misma página de internet creada a fin de cumplir con lo dispuesto por el artículo 18 de la ley26.736”.
La información a la que hace referencia la resolución incluye el stock total y disponible, en forma diaria; la capacidad de producción máxima y la producción estimada para los próximos tres meses, de manera trimestral; y el precio único pago contado de venta de papel para diarios a la salida de planta.
Luego, en base a las infracciones previstas en el artículo 33 de la ley, la resolución contempla sanciones que podrán materializarse con “una multa equivalente en pesos de una tonelada de producción a cien mil toneladas de producción de papel para diario” o con “suspensión y clausura”; estas dos últimas alternativas “no podrán ser mayores a una parada técnica”.
“La fiscalización, verificación y control del cumplimiento de la ley Nº 26.736 será ejercida a través dela Secretaríade Comercio Interior”, remarca el texto. Y señala que “en caso de presuntas infracciones a las disposiciones de la ley, se iniciarán actuaciones administrativas en la órbita dela Secretaríade Comercio, donde se sustanciarán desde su inicio y hasta que queden en estado de resolución final, momento en el cual serán elevadas a la autoridad de aplicación de la ley”.
“Agotada la vía administrativa, procederá el recurso en sede judicial directamente antela Cámara Federalde Apelaciones con competencia en materia contencioso-administrativa con jurisdicción en el lugar del hecho, el que deberá presentarse ante la autoridad que dictó la resolución dentro del plazo de diez días de notificado, debiendo fundarse en el mismo escrito de su interposición”, añade.
La norma sancionada el mes pasado obliga a la empresa Papel Prensa, controlada por los diarios Clarín yLa Nación, a “presentar y ejecutar cada tres años un plan de inversiones tendiente a satisfacer la totalidad de la demanda interna de papel para diarios”.