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Santa Fe adhirió al protocolo de acción para abortos no punibles

La resolución firmada por el ministro de Salud, Miguel Ángel Cappiello, “garantiza el acceso a la práctica en las instituciones sanitarias de la provincia”, explicó Leonardo Caruana, subsecretario de Salud municipal a elciudadanoweb.com.

La provincia de Santa Fe, mediante la resolución número 0612 firmada por el ministro de Salud Miguel Ángel Cappiello, adhirió al “protocolo de acción para Servicios de Salud en caso de los Abortos no Punible”, según causales del Artículo 86 del Código Penal elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación. De esta manera, según estableció la Corte Suprema de la Nación los casos de abortos realizados por mujeres que han sido violadas no son punibles ni están supeditados a un trámite judicial para su realización.

Según contó Leonardo Caruana, subsecretario de Salud de la Municipalidad, a elciudadanoweb.com dicha adhesión “garantiza y favorece el acceso a la práctica en todas las instituciones sanitarias de la provincia”.  Por lo tanto, el funcionario celebró la medida y destacó el trabajo que se viene realizando en la ciudad al respecto.

La adhesión al protocolo nacional supone la adopción de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación, elaborada en el mes de junio del año 2010.

En este sentido, Caruana explicó: “Se trata de guías de atención pre y post aborto. Tiene que ver con un análisis técnico, con guías para el trabajo clínico y sobre cómo proceder en las primeras consultas y durante el resto del proceso”. Además, el subsecretario indicó que el protocolo “incluye el derecho a la anticoncepción, al acceso y derecho a la salud, temas en los que Rosario ha sido pionera”.

“La adhesión al protocolo implicará trabajar más allá de de las objeciones de conciencia en todos los hospitales y centros de salud”, analizó Caruana. Mediante la misma, la práctica del aborto para estos casos particulares “se efectivizará en todas las instituciones de la provincia”.

Desde el Ministerio de Salud se venía actuando acorde a lo enunciado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia, en relación al caso “AG sobre Aborto no Punible”. Actualmente, conforme informaron desde la cartera, se encuentra en proceso de elaboración una guía provincial, que basada en la nacional, de cuenta de los procesos desarrollados en el Sistema de Salud provincial.

Al respecto, Caruana consideró que, de elaborarse una guía provincial, “será en función y en compatibilidad con la nacional, adecuándola a cada situación particular, pero siempre dentro de ese marco”.

Por otra parte, el director provincial de Políticas de Género e Interculturalidad en Salud, Daniel Teppaz, recordó en un comunicado de prensa que la nueva normativa dispuesta por el ministro Cappiello “constituye una herramienta más que profundiza las garantías al derecho a la salud de las mujeres, en consonancia en este caso, con el fallo de la Corte Suprema de la Nación”.

Beneplácito de concejales

Los concejales del Frente para la Victoria (FpV),  Roberto Sukerman y Norma López expresaron mediante un comunicado su beneplácito ante la resolución ministerial para que la Provincia de Santa Fe aplique la Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles, firmada por el ministro de Salud de la Provincia, Miguel Ángel Cappiello; ya que de esta manera se otorga un nuevo instrumento dando un marco legal que evita cualquier tipo de presentación judicial.

«El derecho de las mujeres de acceder a los abortos previstos por el Código Penal constituye propiamente un derecho humano de orden constitucional. De esa manera, se evitarán objeciones institucionales y se garantizará que todos los centros de atención sanitaria de la provincia la apliquen. La guía interpreta las excepciones previstas en el artículo 86 del Código Penal, y establece la forma de garantizarlas», afirmaron los ediles.

En ese sentido, los concejales expresaron que “la Corte puso punto final a la incertidumbre respecto de un artículo del Código Penal argentino sobre los abortos no punibles pues algunas instancias judiciales han entendido que éste sólo se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental. Este criterio en la interpretación permitió en el pasado que casos de este tipo se judicializaran, con resultados adversos y, en algunos casos, con riesgo a la realización del aborto o a la salud de la madre. Los miembros de la Corte  exhortaron a las autoridades a implementar «protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles».

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