Un sanatorio privado deberá indemnizar a la familia de una anciana que ingresó con un cuadro de hipertensión y falleció a raíz de una bacteria intrahospitalaria. El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2ª Nominación condenó a la firma médica a abonar la suma de 550 mil pesos más intereses desde la fecha de la muerte ocurrida a casi 20 años, lo que transforma la indemnización en una cifra sideral. Los magistrados entendieron que durante el trámite del juicio se comprobó que la víctima adquirió una infección durante la internación en el nosocomio la que provino de una práctica médica realizada sin la adopción de las medidas de bioseguridad.
La víctima
Olga tenía 70 años y sufría de cuadros hipertensos periódicos. El 2 de junio de 1992 fue internada en el Sanatorio Plaza, del que era afiliada. Los primeros análisis realizados a la paciente arrojaron valores normales, pero la mujer comenzó con un fuerte dolor de cabeza y el médico le prescribió un inyectable. Como la enfermera no ubicaba la vena de la paciente, intentó colocar el medicamento en ambos brazos en varias oportunidades para lo que utilizó la misma jeringa y aguja causando hematomas.
Posteriormente, los médicos resolvieron colocar una vía endovenosa para administrar la medicación que debió ser recolocada en dos oportunidades. Al segundo día de internación, la anciana no podía mantenerse en pie, tartamudeaba y sus ojos se iban hacia atrás. Al día siguiente fue derivada a terapia intensiva donde le diagnosticaron septicemia. El cuadro continúo complicándose y la mujer falleció el 4 de julio de 1992 como consecuencia de una infección generalizada, explica el fallo.
Reclamo
El esposo y el hijo de Olga iniciaron una demanda de daños y perjuicios contra el sanatorio. Durante el juicio se realizó una pericial médica que fue concluyente para el caso. El informe determinó que la paciente ingresó al nosocomio sin infección y que adquirió y desarrolló la sepsis durante la internación. Profesionales estimaron que existen dos posibilidades de infección: la colocación endovenosa reiterada que se le realiza la mujer el día de su internación, o la presencia de un suero contaminado. A la vez tildaron como “rarísimo” que alguien ingrese sano a un lugar y a las 48 horas tenga un cuadro como el que tuvo la víctima, refiere el fallo.
Responsabilidad
El Tribunal consideró que existe culpa médica ya que se comprobó que la víctima adquirió la infección durante la internación, la que provino de una venoclisis rehecha sin la adopción de las medidas de bioseguirdad requeridas para el caso. Y condenó al Instituto Médico Quirúrgico Sanatorio Plaza SA a pagar la suma de 400 mil pesos en concepto daño material y moral a los herederos del esposo de la mujer, ya que el hombre falleció durante la tramitación del juicio. A su vez deberán indemnizar al hijo de Olga con un monto de 150 mil pesos por el daño moral sufrido, todo ello con más los intereses devengados desde el momento del fallecimiento. Todo el monto del dinero deberá actualizarse con los intereses hasta la fecha.