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Oficializan la expropiación de la ex Ciccone

Se publicó en el Boletín Oficial la ley sancionada la semana pasada por el Congreso. Se establece que "una vez culminado el proceso" la totalidad del patrimonio pasará a integrar el de la Casa de Moneda.

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación a la Compañía de Valores Sudamericana (ex Ciccone).

Se trata de la norma 26.761, sancionada por la Cámara de Diputados el miércoles de la semana pasada.

Su promulgación fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 1482/2012, que lleva las firmas de la presidente Cristina de Kirchner, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y el ministro de Economía, Hernán Lorenzino.

En su artículo 1º, la ley declara de utilidad pública y sujeta a expropiación a la Compañía de Valores Sudamericana S.A., y establece que «el proceso de expropiación estará regido por lo establecido en la ley 21.499 y actuará como expropiante el organismo que designe a tal efecto el Poder Ejecutivo Nacional».

Luego, en el artículo 2º, indica que «el precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la ley 21.499, debiendo el Tribunal de Tasaciones de la Nación efectuar la tasación de los mismos».

«La suma que eventualmente deba abonarse en cumplimiento del proceso expropiatorio será pagada -hasta el monto correspondiente si excediera el de la tasación- con la deuda que Compañía de Valores Sudamericana S.A. registre ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas», agrega el artículo 3.

En tanto, el artículo 4º señala que «una vez culminado el proceso de expropiación, la totalidad de los bienes pasarán a integrar el patrimonio de la Sociedad del Estado Casa de Moneda».

En ese marco, el artículo 5º especifica que «el personal de Compañía de Valores Sudamericana S.A. será transferido a la Sociedad del Estado Casa de Moneda, conservando todos los derechos laborales adquiridos, la afiliación gremial que posean en la actualidad y la vigencia de su Convenio Colectivo de Trabajo».

«Para garantizar la continuidad de las actividades que realiza la empresa, el mantenimiento de las fuentes laborales y el resguardo de sus bienes, el Poder Ejecutivo Nacional a través del organismo que designe, en los términos de los artículos 57 y 59 de la ley 21.499, ejercerá desde el momento de la entrada en vigencia de la presente ley todos los derechos que la titularidad de dichos bienes le confieren», añade el texto en el artículo 6º.

Finalmente, en el artículo 7º de la norma se fija que la ley 26.761 «es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial», es decir, hoy mismo.

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