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El juez Alfonso dictaminó que es constitucional la Ley de Medios

Fuentes judiciales confirmaron que el juez en lo Civil y Comercial dictaminó sobre la cuestión de fondo en la causa que impulsa el Grupo Clarín. Declaró como constitucional el artículo 161 de la ley de comunicación audiovisual. La Corte había pedido que se resuelva esta cuestión con celeridad. Sabbatella: “Se aplicará la ley de manera integral”


ley-de-mediosEl juez federal en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso, declaró la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín en diversas presentaciones judiciales que trabaron la aplicación plena de la norma.

El fallo dictado por el juez de primera instancia puso punto final a la medida cautelar interpuesta hace tres años por el multimedios y prorrogada por la Sala I de la Cámara Civil y Comercial, pese a que Corte Suprema había fijado el 7 de diciembre como fecha máxima para la vigencia de la cautelar.

Por su parte, el Grupo Clarín anunció desde su sitio web que apelará la medida. En su fallo del 22 de mayo, el máximo tribunal había señalado que 36 meses era un plazo razonable para la vigencia de la medida cautelar y en resoluciones posteriores ratificó esa postura e instó al Alfonso a resolver “la cuestión de fondo”.

Esa “cuestión de fondo” implicaba que resolviera sobre la constitucionalidad, o no, de los artículos 41, 45, 48 y 161 de la Ley de Medios, referidos, entre otros puntos, a la cantidad de licencias que puede tener un grupo mediático y al período de desinversión para adecuarse a la nueva ley.

El jueves 6 de diciembre la sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal emitió un fallo en contra de lo sugerido por el máximo tribunal: prorrogó una vez más la medida cautelar lograda por el Grupo Clarín, hasta que se expida la justicia de primera instancia.

Previo a este dictamen del juez Alfonso, el titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal 5, Fernando Uriarte, había solicitado el martes al propio magistrado que desestime el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Clarín, al sostener que el reclamo le “impide alegar” al grupo empresario “una situación jurídica consolidada” respecto a sus licencias, por lo que el pedido “no conculca con los derechos constitucionales de propiedad”.

En ese sentido, el dictamen del fiscal fue contundente al sostener, basado en el artículo 17 de la Constitución, que “nada obsta a que una nueva ley modifique, suspenda o destruya un mero interés o un derecho en expectativa”, dejando en claro que Clarín ya se encontraba en “situación de infracción al régimen de multiplicidad de licencias consagrado en el artículo 43 inciso C de las Ley 22.285”, en referencias a la anterior norma que regulaba los medios audiovisuales.

El representante del Ministerio Público Fiscal, recordó en otro de los tramos del extenso dictamen de 50 páginas, que la Corte Suprema en su pronunciamiento del 22 de mayo -cuando además fijo el 7 de diciembre como límite de la cautelar- expuso que Clarín “se ha abstenido de relacionar directamente la aplicación de las normas objetadas por la libertad de expresión”.

El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, señaló que “se terminó la medida cautelar” y “se aplicará la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de manera integral”. Apenas conocido el fallo de Alfonso, el titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, destacó estar “muy contento porque se hizo justicia”.

Por su parte, el constitucionalista Eduardo Barcesat sostuvo en diálogo con Radio América que el fallo “tiene aspecto devolutivo que indica que el lunes tendría plena vigencia la Ley”, por lo cual “la situación se retrotrae al 7 de diciembre y debería Clarín presentar el plan de desinversión”.

 

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