“Hago una locura o hago esto”, manifestó Emmanuel Montenegro, quien ayer se encadenó frente a los Tribunales provinciales, sobre calle Balcarce, para exigir justicia por la muerte de su hija de 6 años ocurrida en octubre de 2007, cuando la bicicleta en la que viajaba junto a su mamá y su hermana mayor fue embestida por un colectivo. Sentada al lado de Emmanuel, aunque sin cadenas, Roxana, su esposa, lo acompañaba, diciendo que la falta de justicia les había arruinado la vida. Anteayer la familia fue notificada de la decisión del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1, que rechazó la demanda contra el chofer de la línea 107 y la empresa Rosario Bus por daños morales y materiales. La principal razón de las juezas fue que se violaron de manera contundente normas de tránsito y de seguridad por parte de la madre, que conducía la bicicleta.
El 4 de octubre de 2007 Roxana circulaba en bicicleta por el puente de calle Palliere y 25 de Mayo –colectora oeste de avenida de Circunvalación–, en dirección este-oeste. Llevaba en el asiento trasero a su hija de 6 años y en el manubrio, a su hija de 9. Mientras cruzaba el puente, un ómnibus de la línea 107 rozó el manubrio izquierdo de la bicicleta y le hizo perder el equilibrio. A raíz del impacto, la menor de 6 años cayó debajo de las ruedas traseras derechas del vehículo y sufrió lesiones en la cabeza: falleció antes de llegar al Hospital de Niños Víctor J. Vilela.
“Yo iba bajando el puente, me detuve a la mitad para esperar que cruzara una Traffic que venía a lo lejos. Justo a mi nena se le cae una muñeca en el cordón del paso peatonal, ella bajó de la bici y la agarró; volvió a subir, y mientras esperábamos que terminara de pasar la Traffic sentí un golpe detrás de la bicicleta. Caímos y mi hija fue debajo de las ruedas, las piernitas quedaron debajo de la bici y del coche. Siempre hacía el mismo recorrido con la bicicleta, ya que mi mamá vive cruzando el puente. Al llegar al puente nos bajábamos de la bicicleta y cruzábamos caminando, yo llevaba a la menor sentada en la parte de atrás y mi otra hija subía por la vereda, porque no podíamos ir las tres por la calle. Al pasar un poco más de la mitad del puente, ella volvía a subir. Siempre esperábamos que cruzaran todos los autos para bajar del puente”, relató durante el juicio Roxana Cardozo, madre de la niña fallecida.
Cinco años
Cinco años de pericias y declaraciones vivió la familia de Roxana y Emmanuel hasta que el juzgado decidió rechazar su demanda. Anteayer la familia fue notificada, y ayer por la mañana los Tribunales provinciales amanecieron con un padre desahuciado y encadenado. “Decidimos tomar esta medida por el hecho de que no hay justicia. Rechazaron la causa y la persona que atropelló a mi señora y le quitó la vida a mi hija sigue trabajando y haciendo su vida normal. No tuve ni siquiera un perdón, o un pésame. Para la Justicia fue sólo un accidente y ella no debería haber estado allí, pero no dice que el chofer iba hablando por teléfono, venía a muy alta velocidad y no había señalización”, explicó Emmanuel Montenegro, acompañado también por su padre, su hermana, su sobrina y su otra hija.
“En estos cinco años esperamos pacíficamente y confiados en la Justicia. Mi hija tenía 6 años y hace 5 que esperamos justicia. Sentimos impotencia, angustia, dolor. No superamos la pérdida y día a día luchamos por esto”, dijo Roxana. La familia está decidida a seguir su manifestación frente al edificio de Justicia “hasta que alguien nos diga algo”.
“Me están obligando a hacer una locura o esto, porque no quiero salir a tomar justicia por mano propia. Quiero seguir pensando que hay justicia y que esto se va a solucionar”, manifestó el padre.
Faltas de tránsito
Las juezas Susana Igarzábal, Mariana Varela y Paula Sansó tuvieron en consideración las normas de tránsito establecidas para los ciclistas a la hora de dictar el fallo. “La conducta imprudente en que incurrió la actora es el factor que constituye culpa de la víctima; y que en el caso concreto de haberse respetado las normas de tránsito, el siniestro no se hubiera producido. En tanto, no debería haber circulado por la avenida Palliere y, menos, en las circunstancias en que lo hizo. Esta conducta de la víctima, negligente e imprudente, tiene incidencia causal en el hecho”, puede leerse en el fallo.
Algunas de las normas de tránsito tenidas en cuenta y que aparentemente obvió la madre de la niña fallecida, según la Justicia, establecen que es requisito para circular en todos los vehículos que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor; que los ciclistas deben circular por la derecha; que en las bicicletas construidas para una sola persona sólo se permite el transporte de menores de entre 1 y 6 años, y que debe realizarse en asientos apropiados, independientes del destinado para el conductor, y la circulación se debe efectuar por los carriles o sendas reservadas para uso exclusivo de bicicletas o por calles alternativas, quedando excluidas las avenidas; y que para la propia protección deben utilizar casco, observar siempre el tránsito que viene detrás, y circular por calles en las que transiten menor cantidad de vehículos.