El dedo índice de la mano izquierda definió el destino de Juan Ramón M., de 36 años. Fue ese y no otro dedo el que dejó la prueba decisiva para que la Justicia lo condenara a seis meses de prisión por un escruche cometido en 2010 en Sargento Cabral, el pueblo de 950 habitantes del departamento Constitución. Pero como el imputado tenía una condena previa por otro hecho, ambas fueron unificadas, por lo que el acusado deberá cumplir tres años de cárcel.
Cuando el 9 de marzo de 2010 Jorge Luis P. llegó a su casa pasado el mediodía, se encontró con el vidrio de una ventana del living destrozado. Le faltaban varios electrodomésticos y, lo peor de todo, la suma de 10.400 dólares y 9 mil pesos que él y su familia guardaban en una cómoda. Enseguida, la víctima fue a la comisaría 7ª de Sargento Cabral y denunció el hecho. Hacía ya un par de días que la casa estaba sola, por lo que el robo podía haber sido cometido ese día o el anterior.
Tras tomar conocimiento del hecho, personal del gabinete criminalístico de la Unidad Regional VI se presentó en la escena del robo y colectó todos los elementos que pudieran llevar a identificar a el o los ladrones.
Fue una sola huella digital, la del dedo índice de la mano izquierda, la que derivó en la identificación de Juan Ramón M., de 36 años, como principal sospechoso. La impresión dactiloscópica estaba en la lata de un perfume en desuso archivado en un placard, del cual sólo quedaba la lata. La fragancia había sido parte del botín.
Al ser detenido una semana después del robo, Juan Ramón no negó haber estado en la vivienda de las víctimas. Según declaró, unos días antes del robo había trabajado para el dueño de casa hombreando bolsas de cereal y otros objetos que fueron guardados dentro de la casa. Así justificó la aparición de su huella en la vivienda.
Sin embargo, las víctimas –algunas de las cuales dijeron recordar vagamente al sospechoso– negaron que alguno de los trabajadores que contrataban esporádicamente estuviera autorizado a entrar en la casa y, menos aún, a abrir los roperos.
Así, en base a lo que el juez de Sentencia de la 1ª Nominación denominó “una suma de indicios”, el magistrado arribó a “la certeza razonable” de que Juan Ramón M. fue el autor del delito de robo simple, por lo que fue condenado a seis meses de prisión.
Sin embargo, como sobre el acusado pesaba además una pena en su contra de 2006, ambas fueron unificadas, por lo que el acusado deberá cumplir la pena de tres años de cárcel.