A partir de la reglamentación de la ley 26.857, efectuada hoy, la Oficina Anticorrupción recibirá las declaraciones juradas de los poderes Judicial, Legislativo y del Ministerio Público de la Nación y luego las pondrá a disposición del público en internet.
A través de la resolución 1695/2013 publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, se reglamentaron además los aspectos relativos a la carga, transmisión y publicación del «Régimen de
Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral», aplicable a los funcionarios públicos (Ley Nº 25.188 modificada por su similar 26.857 y el Decreto Nº 895/13).
La legislación en materia de ética en el ejercicio de la función pública establece que las declaraciones juradas deben ser de carácter público y de libre accesibilidad vía Internet, poniendo ante la ciudadanía el conocimiento y la evaluación de las referidas obligaciones.
La resolución dispuso que las mismas se realicen en el sitio de Internet de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia, el que deberá mantenerse actualizado.
La ley 26.857 dispuso que las declaraciones juradas deberán ser remitidas a las dependencias que respectivamente cada Poder determine, las que asimismo deberán enviar las Declaraciones Juradas Públicas a la Oficina Anticorrupción.
La norma establece, además, que hasta tanto los Poderes Legislativo y Judicial y el Ministerio Público de la Nación no designen la mencionada dependencia, la presentación deberá efectuarse directamente ante la Oficina Anticorrupción.
También dispuso que para «una adecuada exposición de los datos que facilite su interpretación por parte de la ciudadanía, resulta necesario establecer un formulario de visualización de la información que remitirá la Afip referida a la Declaración Jurada Pública».
Esta norma fue una de las integrantes del paquete de leyes de la denominada «reforma judicial» que impulsó la presidenta Cristina Fernández.