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Primera medida post-elecciones: flexibilizan ingreso de divisas

Por medio de dos resoluciones el Gobierno establece que los sujetos residentes que tomen préstamos en el exterior estarán exentos de hacer un depósito del 30% del monto total. Sólo será para aquellos que destinen el dinero para el pago de obligaciones tributarias y la compra de equipamiento industrial.

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Luego de las elecciones legislativas de ayer el Gobierno ya adoptó la primera medida relacionada al mercado cambiario. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dispuso medidas para facilitar el ingreso de capitales externos destinados, por una parte, al pago de obligaciones tributarias; y por otra, a la incorporación de equipamiento industrial y tecnológico de empresas locales.

Las medidas fueron establecidas a través de las resoluciones 657 y 661, ambas firmadas por el ministro Hernán Lorenzino y publicadas hoy en el Boletín Oficial. En ambos casos se exceptuó a los capitales externos de la obligación, dispuesta en 2005, de constituir un depósito no remunerado por 30% del monto involucrado en la operación correspondiente, durante un plazo de un año.

En junio de aquel año, el decreto 616 estableció un régimen aplicable a los ingresos de divisas al mercado local de cambios, «con el objeto de profundizar los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los movimientos de capital especulativo». Ahora, la resolución 657 justificó la modificación de ese régimen, «considerando los distintos tipos de situaciones de repatriaciones de activos propios de residentes». Según la norma, «el Banco Central de la República Argentina entiende que el contexto actual difiere sustancialmente».

Por eso dictó normas «tendientes a asegurar que los fondos ingresados por residentes en concepto de repatriación corresponden a remesas de fondos de su propiedad y/o de cobros de deudas de no residentes a favor del beneficiario local, y/o a la venta de activos externos del cliente que realiza la operación de cambio».

En ese sentido, el Banco Central juzgó «razonable» flexibilizar la norma «para las ventas de activos externos propios de residentes, destinadas a atender obligaciones locales con fondos propios declarados que se reingresan por el mercado local de cambios y no generan ningún tipo de obligación de pago al exterior».

«Tales operaciones -dice la resolución- no implican ningún nuevo pasivo», mientras se considera «conveniente dar un tratamiento más favorable como mecanismo de financiación de la economía, al ingreso de fondos propios de residentes, destacando el destino no especulativo de dichos fondos».

Por otra parte, la resolución 661 favorece el ingreso de divisas a través dem «endeudamientos financieros con el exterior del sector financiero y privado no financiero», para «financiar la incorporación de equipamiento industrial y tecnológico de empresas establecidas en el país, mediante la adquisición y posterior entrega en `leasing`».

La medida incluye a los rubros maquinarias y tecnología; camiones, inclusive los llamados tractores para semirremolque; furgones de reparto; ómnibus, microómnibus y colectivos, y sus respectivos remolques y acoplados; maquinarias agrícolas, incluidos tractores y cosechadoras; y grúas y maquinarias viales.

Quedan excluidos los automóviles de cualquier clase, camionetas, motovehículos, rurales y jeeps. El ingreso de fondos proveniente de financiamiento del exterior deberá ser contraído y cancelado a una vida promedio de financiamiento no menor a los 24 meses, incluyendo en su cálculo los pagos de capital e intereses.

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