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El caso Pira está a punto de prescribir en forma definitiva



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En noviembre pasado, el juez Gustavo Pérez de Urrechu firmó la prescripción de la causa iniciada hace casi 17 años, que fue apelada por la fiscal Ana Rubin. Desde entonces, el expediente está siendo evaluado por la sala 3 de la Cámara Penal.

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En la madrugada del 2 de marzo de 1997, Sebastián Pira conducía un automóvil Ford Galaxy a altísima velocidad por calle Salta y al cruzar bulevar Oroño atropelló a dos chicas de 22 y 16 años: María Celeste Haiek y Daniela Caruso. La mayor de las jóvenes murió en el acto, mientras la menor sobrevivió al impacto pero fue arrastrada por Pira en el capó del auto hasta la esquina de Balcarce, donde la pasó por encima y la mató. El imputado nunca compareció ante la Justicia y en 2000 estuvo a punto de ser extraditado desde Holanda, pero volvió a huir. En noviembre pasado, el juez de Instrucción 13ª, Gustavo Pérez de Urrechu, firmó la prescripción por paso del tiempo de la única de las causas que seguía vigente (la muerte de Daniela) y, por ende, dictó el sobreseimiento del acusado. Dicha resolución está siendo revisada por la Cámara Penal, ya que fue apelada por la fiscal Ana Rabin. El caso de Haiek había sido considerado homicidio culposo y ya prescribió.

Una resolución judicial dada a conocer esta semana destaca los “claros actos persecutorios” que tanto la fiscalía como el juzgado, evidenciando la voluntad del Estado, han realizado a través de los años para perseguir penalmente a Sebastián Rodrigo Pira, respondiendo –en forma tácita– a distintos cuestionamientos escuchados en las últimas horas ante la posible prescripción de la causa.

Volviendo a 1997, tras matar a las dos chicas, Sebastián Pira se dio a la fuga. Recién se presentó en la comisaría 3ª cerca del mediodía de ese domingo, acompañado por su padre (quien resultó ser el dueño del Ford Galaxy) y un abogado. Mientras el caso tomaba alcance nacional, Pira fue excarcelado, pese a las protestas de los familiares de las víctimas.

A fines de 1997, fue procesado por el homicidio culposo de María Celeste Haiek por el entonces juez Correccional 8ª, Edgardo Bistoletti (hoy defensor del pueblo), mientras que la Cámara Penal estableció que Pira debía ser imputado de homicidio doloso por la muerte de Daniela Caruso.

Sebastián Pira tenía 72 horas hábiles para presentarse en Tribunales, según una notificación que salió del Juzgado un viernes. Pero el joven nunca se presentó.

Por versiones, se supo que logró obtener un pasaporte en 24 horas y se fue del país. Si bien hubo sospechas sobre los lugares en los que se ocultaba, sólo una vez fue interceptado por Interpol. Fue el 28 de marzo de 2000, cuando estaba en el aeropuerto de Amsterdam y planeaba abordar un avión con destino a Tel Aviv, Israel.

Como la detención se produjo en Holanda, Argentina pidió su extradición. Mientras se realizaban los trámites, a Pira se le concedió el arresto domiciliario, ya que tenía residencia en Rotterdam. Pero cuando se emitió la autorización para trasladarlo a nuestro país, el joven había desaparecido.

En este sentido, y considerando la cantidad de medidas que se han implementado para procurar la captura del acusado, el juez Gustavo Pérez de Urrechu y la fiscal Ana Rabin plantearon la necesidad de analizar cómo se debe proceder en casos de estas características, ya que en las vigentes normativas, el acto de rebeldía no figura entre los causantes de interrupción o suspensión de una prescripción.

Tal como se expresa en la resolución: “La pretensión del Ministerio Público implica en realidad admitir que se encuentra ante una laguna jurídica de carácter objetivo, pues se trata de un caso no previsto en la ley. Al propiciar la inclusión de la rebeldía como causal de suspensión de la prescripción en definitiva reclama la creación de una norma con la finalidad de superar esa situación”.

El Código Penal establece en su normativa que la prescripción de una causa, como la del homicidio simple de Daniela Caruso, se produce si durante 12 años no hay movimiento procesal, salvo que haya una interrupción de la prescripción que genera un nuevo cómputo de ese plazo.

En noviembre de 2009, el entonces juez de instrucción Osvaldo Barbero declaró el sobreseimiento de Pira, haciendo lugar a un pedido del defensor oficial que reclamó la medida luego que transcurrieran 12 años del siniestro. Sin embargo, el fallo fue apelado por la fiscalía y la Cámara Penal revocó la decisión.

En tanto, la decisión de Pérez de Urrechu fue apelada por la fiscal Ana Rabin por lo que la prescripción de Pira no está firme ya que está siendo analizada por la Sala 3 de la Cámara de Apelación en lo Penal, que deberá resolver el tema en forma definitiva.

“No nos queda nada”

A casi 17 años del homicidio de María Celeste Haiek y Daniela Caruso y a poco de conocerse la noticia de la prescripción de la causa contra Sebastián Rodrigo Pira, quien actualmente está prófugo, Gabriel, hermano de María Celeste, dialogó con El Ciudadano y mostró su indignación por la noticia.

“Siempre pensamos que esto en algún momento iba a llegar, muchos estaban esperando esto”, sostuvo el hermano de una de las fallecidas, por la que Pira fue imputado de homicidio culposo.

“No nos queda otra que resignarnos, nada más”, agregó el hermano de María Celeste, para quien “no hubo voluntad de la Justicia para buscarlo. En 17 años no se sabe nada y ahora él se puede pasear por enfrente de todos nosotros”, sostuvo Gabriel.

Además, no dudó en asegurar que la situación se tornó extraña en cuanto a su búsqueda de Pira y la investigación para intentar dar con su paradero porque “hubo plata”.

“Lo digo sin miedo porque sé que no voy a tener problemas. Pero lo que se hizo es imposible para una persona común como cualquiera de nosotros”, concluyó.

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