La Cámara de Apelaciones en lo Penal de los tribunales provinciales de Rosario ratificó la sentencia condenatoria de seis meses de prisión condicional por el delito impedimento de contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.
El tribunal de alzada confirmó el fallo que había dictado el juez correccional de Cañada de Gómez, Jesús Alberto Rizzardi, en algunos días establecidos de visita del padre a su hijo, la mujer con certificado médico afirmaba que el niño estaba enfermo.
En otras ocasiones la mujer y el menor no estaban en la casa en el horario determinado para que el niño estuviera con el padre. Sistemáticamente impedía el contacto del menor con su padre y ahora por esa conducta fue condenada a seis meses de prisión de ejecución condicional.