Para el presidente de la Cámara Federal de Casación, Mariano Borinsky, «corresponde elegir al reemplazante de (Raúl Eugenio) Zaffaroni”, quien dejará de ocupar un lugar en la Corte Suprema de Justicia a partir del 31 de diciembre próximo.
“Se debe respetar el marco legal que la rige, en este caso la de mantener los cinco miembros” y elegir el reemplazante, dijo Borinsky, para quien “después el poder político verá la conveniencia o el momento político”.
El titular del máximo tribunal penal del país se refirió a la composición y número de integrantes de la Corte en el marco de la polémica suscitada tras la muerte de Enrique Petracchi y la aceptación de la renuncia de Zaffaroni, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Ayer, la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco, opinó que “lo ideal es que la Corte esté completa”, vale decir, con un reemplazo de Zaffaroni.
Borinsky recordó que el año pasado, “la Ley 26.853 denominada de Democratización de la Justicia, entre otras cuestiones, ratificó que la Corte está conformada por cinco jueces».
En su opinión, el debate «debiera considerar qué temas son los más importantes de discutir para el Tribunal Superior y no tanto la cantidad de miembros”.
“La intervención siempre es de los otros poderes. La propuesta es del Poder Ejecutivo, lo determina el Legislativo y lo aprueba el Ejecutivo”, dijo. Y agregó que «el poder político va a tener la última palabra en la decisión final de la elección de los jueces”.
Por otra parte, Borinsky consideró que el debate abierto por la sustitución de uno de los ministros del máximo tribunal abre una oportunidad para discutir «la agenda de la Corte Suprema. Si vamos a tener una Corte que trata diez mil expedientes o 15.000, o si vamos a tener una Corte similar a la de Estados Unidos que tiene numerosos casos, que llegan a los 100 expedientes”.
“Cuáles son los grandes temas que va a tratar esa Corte Suprema. Ahí está el desafío», dijo.
Además, Borinsky recordó que la ley 26.183, redujo en número de integrantes de siete a cinco y estableció una cláusula transitoria, para determinar de qué forma operaba la reducción y las mayorías requeridas para las sentencias”
“Ahí está todo detallado. Se dice que cuando la Corte tiene siete jueces, las decisiones se adoptan por el voto mayoritario de cuatro de sus miembros. A posteriori, en oportunidad de producirse una vacante definitiva y en la que la Corte quedó con seis jueces, las decisiones se adoptan por el voto mayoritario de cuatro de sus miembros.
Pero producida una nueva vacante, se reducirá a cinco el número de jueces que la componen. Esto es lo que establece la Ley. Con cinco miembros, las decisiones se adoptan por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros”, reflexionó.
En cuanto a la dinámica interna, dijo que “se mantuvo el criterio según el cual todos los ministros resuelven todos los casos, es decir, no se divide en salas como ocurre en otros países como España”.