En una resolución que no reconoce antecedentes en los últimos meses, la Cámara Penal revocó el procesamiento de un joven de 21 años que en enero de 2013 quedó involucrado en un homicidio ocurrido en una trifulca que se generó en el barrio Toba de zona sudoeste. Entre aplausos y gestos de algarabía los allegados al muchacho mostraron su conformidad con la decisión del camarista Adolfo Prunotto Laborde, quien rechazó el pedido fiscal y modificó la decisión de la jueza de instrucción respecto del encausamiento y la prisión preventiva que pesaba sobre el muchacho. El magistrado ordenó su inmediata libertad.
Carlos Martín V. tiene 21 años y hace un año que se encontraba preso acusado de matar con un arma de fuego a Vicente Martín Vallejos. El hecho tuvo lugar el 1º de enero de 2013 en Maradona y Rouillón cuando un importante grupo de vecinos que forman parte de una organización barrial se trenzaron en una pelea multitudinaria con otra estructura social del lugar en una aparente disputa por el manejo del territorio. Según algunos testimonios recogidos por los investigadores, hubo una guerra campal donde no faltaron golpes, botellazos, cuchillazos y disparos.
Como consecuencia, Vallejos, de 27 años, fue herido por un balazo en el abdomen y falleció mientras que otras tres personas resultaron heridas. El más grave recibió un machetazo en la cabeza aunque su salud no revistió gravedad. Por este último caso, un hombre identificado como Omar L. fue detenido y procesado por el delito de lesiones en riña por el Juzgado de Instrucción 15ª, a cargo de Irma Bilotta, mientras que Carlos V. fue señalado como el autor del disparo fatal.
Una semana después del hecho, los defensores Rodrigo Mazzuchini y José Ferrara presentaron a Carlos V. en el tribunal, donde quedó a disposición de la Justicia, aunque su detención llegó varios meses después. Concluida la instrucción, Bilotta procesó al joven como autor de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en perjuicio de Vallejos, por lo que sus abogados apelaron el procesamiento y la prisión preventiva dictada en su contra.
La apelación
Una constante desde la puesta en marcha del nuevo sistema penal es la inadmisibilidad de la apelación de los procesamientos. La Cámara Penal no abre este tipo de recursos al entender que no existe un gravamen irreparable, ya que se trata de un juicio de probabilidad, aunque sí abre la revisión respecto de la prisión preventiva. Ayer tuvo lugar la audiencia oral donde se ventiló el caso. El tribunal fue unipersonal y estuvo a cargo de Adolfo Prunotto Laborde. La defensa basó su estrategia en resaltar el déficit de pruebas en que se basó el procesamiento, especialmente cuestionar algunos testimonios, mientras que el fiscal de Cámaras Guillermo Camporini solicitó la confirmación del decisorio.
Luego de escuchar a las partes, Prunotto Laborde, al evaluar la apariencia de responsabilidad –uno de los requisitos de la prisión preventiva– entendió que la prueba no era suficiente y detalló la falta de claridad de los testimonios respecto de la responsabilidad del acusado, por lo que revolvió no sólo revocar la medida cautelar que reduce la libertad sino también el procesamiento, y ordenó la inmediata libertad del joven, lo que generó un estallido de júbilo entre el público que se encontraba en la sala.
Los allegados al muchacho no dudaron en acercarse al magistrado y expresar su conformidad con la decisión. Incluso esperaron al joven a la salida de Tribunales para saludarlo y acompañar con silbatinas y gritos el momento en que fue trasladado por personal policial para realizar los trámites de rigor, en su lugar de detención, antes de recuperar la libertad.