La Federación argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans (Falgbt) promoverá el juicio político a los camaristas bonaerenses Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, quienes redujeron la pena a un dirigente de un club de fútbol infantil condenado por abuso sexual probado a un niño de seis años, al considerar como atenuante la supuesta “orientación sexual” de la víctima y la recurrencia de situaciones de abuso sufridas.
“No salimos de nuestro estupor ante este fallo de la Cámara de Casación bonaerense, que avasallando los más básicos criterios judiciales, promueve la impunidad y pone a la víctima en el lugar de sospechoso. El abuso sexual es uno de los delitos más aberrantes, su condena no puede generar ningún tipo de dudas y debe ser penado con el mayor rigor de la ley”, expresó
Esteban Paulón, presidente de la Falgbt.
El dirigente consideró que “pretender que la supuesta orientación sexual de la víctima de un abuso quite gravedad al hecho o sea considerado un atenuante al momento de juzgar un caso de este tipo es discriminatorio, estigmatizante y violatorio de la Convención de los derechos del niño y la ley de Protección Integral a la infancia”.
“Lamentablemente, no es la primera vez que estos jueces fallan en un sentido prejuicioso y estigmatizante, ya que lo habían hecho aplicando atenuantes a casos de abuso según el estrato socioeconómico de las víctimas y solicitando la reducción de pena a un hombre condenado por femicidio, al considerar que la víctima sostenía una actitud casi provocativa”, agregó.
Paulón dijo que la Falgbt impulsará “el juicio político a estos dos camaristas, quienes no han demostrado la capacidad necesaria para llevar adelante tan alta magistratura”.
En el fallo, conocido recientemente, ambos jueces argumentaron que la pena impuesta a Mario Tolosa, vicepresidente del Club Florida, debía ser reducida porque la víctima del abuso, un jugador de fútbol infantil de ese club, tenía “una orientación sexual homosexual y estaba habituado a que lo abusen”.
“Me afecta al respecto una insondable duda que tiene por base esa familiaridad que el niño ya demostraba en lo que a la disposición de su sexualidad se refiriera. En todo caso y a esa corta edad, transitaba una precoz elección de esa sexualidad ante los complacientes ojos de quienes podían (y debían) auxiliarlo en ese proceso”, dice textualmente en el fallo uno de los jueces. Y continúa: “Estimo que la pena debe reducirse a la de tres años y dos meses de prisión, accesorias legales y costas”; acortando así a los jueces Piombo y Sal Llargués la condena de primera instancia ordenada por el Tribunal Oral 3 de San Martín, que era de seis años.
Ambos magistrados ya habían protagonizado un hecho similar cuando en 2011 solicitaron la reducción de la pena impuesta a un pastor acusado de abusar de dos niñas de 14 y 16 años, argumentando que “son de un nivel social que acepta relaciones a edades muy bajas”.