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Anulan una parte del juicio abreviado de Los Monos

Cuestionan falta de argumentación para que 3 acusados pasen de coautores a partícipes secundarios en homicidio de Demarre.

El juicio abreviado por la llamada megacausa Monos sigue generando polémica. Ayer, los jueces Edgardo Fertita, Julio Kesuani y José Luis Mascali resolvieron homologar la parte que tiene que ver con el proceso por asociación ilícita, que implica penas muy menores para 14 de los integrantes del clan de barrio La Granada. Sin embargo, los magistrados objetaron el homicidio de Diego Demarre, del que se acusa a sólo tres de los encausados, entre ellos Máximo Ariel Cantero, alias Guille y procesado como jefe de la asociación ilícita. Lo que los jueces de Sentencia se preguntan en el fallo es por qué la muerte de Demarre, tipificada primero como coautoría en homicidio calificado, con premeditación y pluralidad de intervinientes, se transformó, a través del acuerdo entre las partes de abril pasado, en una complicidad secundaria en homicidio simple sin que se argumentara dicha modificación. Lo que no queda claro es cuáles serán los pasos judiciales a seguir, ya que existe una multiplicidad de opiniones jurídicas al respecto.

La llamada megacausa empezó mal y promete terminar peor. El entretenimiento que durante dos años se consumió por capítulos en los medios donde se exhibía a la banda de Los Monos como el eje del mal y al gobierno como el gran perseguidor del narcotráfico terminó en un abreviado por asociación ilícita. Sin embargo, para que el acuerdo fuera tal se anexó a esta causa el homicidio de Diego “Tarta” Demarre, el dueño del boliche Infinity Night de Villa Gobernador Gálvez, el lugar en el que mataron a Claudio “Pájaro” Cantero.

El crimen de Demarre, un día después de la muerte del Pájaro (en mayo de 2013), se interpretó como el primer eslabón de una cadena de venganzas y tuvo una rápida respuesta judicial con un megaoperativo en barrio Las Flores.

Así las cosas, todo se unificó en un polémico acuerdo que estipulaba como pena máxima y por los delitos de asociación ilícita y homicidio nueve años de prisión para Guille Cantero (lo que incluía una pena de dos años por tenencia de arma de fuego), mientras que para los otros dos implicados en el asesinato de Demarre, Emanuel Chamorro y Leandro Vilches, establecía penas de 8 años.

Esta fue la parte del abreviado que levantó mayor polvareda, ya que para muchos había posibilidad de conseguir una condena mayor por el homicidio. Sin embargo, para otros actores del proceso era la única manera de que el caso por asociación ilícita no quedara impune, tras una endeble instrucción del cuestionado juez Juan Carlos Vienna. Así las cosas, en abril pasado fiscales y defensores llegaron al abreviado y faltaba la homologación que primero recayó sobre el juez Julio García, quien se jubiló, y después terminó en el juez Edgardo Fertita. Éste pidió la conformación de un tribunal para la homologación que terminó conformándose con Mascali y Kesuani.

La resolución

En las doce páginas que tiene la resolución conocida ayer, los jueces debaten sobre la injerencia que tienen sobre los procesos de estas características. Y si bien reconocen que no es el rol de un magistrado de Sentencia cambiar la calificación o la pena, sí están facultados para revisar el acuerdo. “Cierto es que esta actividad jurisdiccional impide al juez que imponga una pena mayor a la acordada (aún modificando la calificación legal), pero el control de la legalidad es un mandato o imperativo legal y constitucional que nadie puede soslayar, y eso no significa que se entrometa en la acción de persecución (que es plena facultad del fiscal), ni tampoco que pierda imparcialidad o independencia al analizar el acuerdo; es simplemente una obligación inherente a la función de juez”, sostienen los magistrados.

Con respecto al procedimiento abreviado “entre la Fiscalía y los imputados revela sin lugar a dudas una falta de motivación en el contenido del acuerdo, al no explicar clara y concretamente por qué si a los mismos les fue atribuido el hecho homicida de Demarre en calidad de coautores y se calificara el hecho como homicidio calificado por premeditación en pluralidad de intervinientes, ahora se llega a un acuerdo donde la intervención es a título de complicidad secundario, en tanto que el encuadre legal del delito lo es en la figura del homicidio simple agravado por uso de arma de fuego, sin que hubiera ningún argumento que explique estas aseveraciones”.

El crimen de Demarre

La madrugada del 26 de mayo de 2013, el Pájaro Cantero, jefe de la banda de los Monos, llegó hasta el boliche de Villa Gobernador Gálvez con tres acompañantes. A unos 50 metros de la entrada y frente a un portón fue baleado mientras orinaba: murió dos horas después en el Heca. Por este caso, hay tres procesados. Al día siguiente Demarre –que había cedido de palabra el manejo del boliche pero esa noche se encontraba en el lugar– se dirigió a Tribunales con la intención de desvincularse del hecho. Permaneció algunas horas frente al Juzgado de Instrucción 11a y se retiró en su vehículo. Fue asesinado de seis disparos frente a su casa. Por el hecho, Guille Cantero (hermano del Pájaro), fue procesado por la jueza Alejandra Rodenas como el autor de los disparos fatales, mientras que Ema Chamorro y Gordo Vilches corrieron la misma suerte como partícipes primarios.

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