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Desestiman un pedido de nulidad

Es en el marco de la causa que investiga otro envío de cocaína a España.

En línea con lo requerido desde el Ministerio Público Fiscal, la Justicia Federal de Lomas de Zamora desestimó un planteo de nulidad interpuesto por la defensa del abogado Carlos Alberto Salvatore, en el marco de una causa donde se investiga el envío a España de una tonelada de cocaína desde el puerto ubicado en la localidad bonaerense de Campana, hecho que habría tenido lugar en 2005. En septiembre pasado, Salvatore había sido condenado en otra causa a 21 años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, al ser considerado uno de los organizadores del tráfico de una tonelada de cocaína a España en contenedores de carbón vegetal en 2012, posteriormente conocida como “Carbón Blanco”.

Ahora bien, en el este expediente la defensa de Salvatore había interpuesto un recurso de excepción de falta de jurisdicción o competencia y, en consecuencia, solicitó la nulidad de todo lo actuado al considerar que se estaría violando “la garantía constitucional del juez natural”. Para sustentar tal pedido, la defensa hizo hincapié en la declaración de inconstitucionalidad por parte de la Corte Suprema del régimen de subrogancias  mediante el cual fue designado por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata el juez que entienda en la causa, Jorge Eduardo Di Lorenzo, quien se encuentra al frente del juzgado federal en lo Criminal y Correccional N°2 de Lomas de Zamora.

Rechazo

Al resolver el incidente de competencia, el magistrado rechazó el planteo de falta de jurisdicción en base a lo sostenido por la propia Corte Suprema de Justicia de Justicia de la Nación,  que en el punto resolutivo 5 de su fallo dispuso “declarar la validez de todas las actuaciones cumplidas hasta la fecha por los subrogantes al amparo de las designaciones que aquí son declaradas inválidas”.  Más aún, el punto resolutivo 6 dispuso el mantenimiento en el ejercicio de sus cargos por el plazo de tres meses a aquellos subrogantes “al amparo de las designaciones que aquí son declaradas inválidas”.

En este sentido, el magistrado señaló que la estricta aplicación del precedente de la Corte al presente caso “no conduce a la situación propiciada por el incidentista sino, por el contrario, a mantener la validez de los actos cumplidos y los que haya de cumplir el suscripto” hasta el vencimiento del plazo establecido por el máximo Tribunal, que recién se produciría durante la primera semana de febrero próximo.

Resolución

La resolución del incidente se encuentra en sintonía con lo expresado previamente por el fiscal Federal de la Fiscalía N°1 de Lomas de Zamora Leonel Gómez Barbella, y el fiscal a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), Diego Iglesias. Al contestar la vista, los representantes del MPF destacaron el hecho de que fue el más Alto Tribunal quien, al momento de declarar la inconstitucionalidad del régimen de subrogancias de magistrados, sostuvo que los actos generados por los jueces subrogantes resultan válidos y los mantiene en el ejercicio de sus cargos hasta el 4 de febrero de 2016 con el objeto de no perjudicar la correcta administración de justicia.

“Por otra parte, no podemos dejar de señalar que las características de la cuestión así planteada y su debilidad argumental sólo permiten concluir en que responden al único fin de dilatar el proceso penal”, señalaron los fiscales en su presentación.

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