Hay más de 6 millones de inquilinos que habitan en Argentina, en su mayoría trabajadores y estudiantes que deben destinar más del 50% de sus ingresos en un alquiler, se hace imperioso resaltar el porque se hace tan necesaria la aprobación de la Ley Nacional de Alquileres, que ya cuenta con dictamen favorable en la Comisión de Legislación General del Senado.
En principio, los contratos de alquiler para vivienda pasarían a tener un plazo mínimo de tres años, otorgando mayor estabilidad y previsibilidad a las familias que alquilan.
En segundo lugar, el régimen de actualización de precios, cuando el contrato las incluya, se adecuaría a un promedio entre en índice de precios y el de salarios. Hoy los contratos los ajusta el mercado a su entero arbitrio, generando zozobra entre los millones de inquilinos, pues si bien el presupuesto nacional prevé una inflación promedio que no excede del 17% para el próximo año, las clausulas de actualización de los contratos no bajan del 30%, un claro abuso contra inquilinos. Cabe destacar que la ley lo que pretende es ponerle un tope y un freno a los aumentos desmedidos que vienen soportando los inquilinos desde hace más de diez años, fruto de la voracidad con la que opera el mercado inmobiliario.
En tercer lugar, los inquilinos no pagarían las expensas extraordinarias ni los impuestos que gravan la propiedad. Algo que en la actualidad, producto de los abusos, sucede con frecuencia.
En cuarto lugar, la devolución del depósito se haría con un monto actualizado al finalizar el contrato (que tiene como límite hasta un mes del valor del alquiler), hoy día se puede exigir hasta dos meses de contrato y en ningún lugar se devuelve de manera actualizada, licuando el importe que el inquilino aporta al momento de ingresar a la propiedad.
En quinto lugar, la Ley permitiría bajar sensiblemente los gastos de Comisión u Honorarios Inmobiliarios que hoy afrontan los inquilinos. En nuestra provincia bajarían de un mes y medio (promedio) cada dos años, a un mes cada tres años.
En sexto lugar, se eliminaría el plazo de seis meses para que el inquilino pueda rescindir el contrato sin causa. Además se añade que las partes están obligadas a acordar o no la renovación del contrato sesenta días antes del vencimiento de la locación.
En último lugar, subrayamos que estamos en un contexto que hace aún más necesario la aprobación de la presente ley. En síntesis, creemos que éste es un gran paso para los más de seis millones de inquilinos (estudiantes, profesionales y asalariados) en todo el país. Y que, al mismo tiempo, sirve como un piso de discusión para seguir proponiendo políticas públicas que apunten a generar condiciones más justas para alquilar una vivienda digna para vivir. En ese sentido, ahora nos queda el desafío de sumar y llegar con estas discusiones a todas las provincias.
Esto es un cambio cultural en la forma de alquilar vivienda para vivir. Es hora de garantizar un contrato de alquiler justo y digno, con reglas claras.
Inquilinos Agrupados (CABA) Concejalía Popular (Santa Fe) Unión de Inquilinos de Neuquén (Neuquén) Inquilinos Rosarinos Autoconvocados, Asociación platense de inquilinos (La Plata) Asociación de Inquilinos de San Juan, Inquilinos Córdoba, Unión de Inquilinos de Río Negro, Unión de Inquilinos de Tierra del Fuego, Asociación de Inquilinos de Corrientes, Inquilinos Organizados de Entre Ríos.
Senado otorgó media sanción a ley de alquileres: limitan comisiones y reajustes de precios