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Habilitan a mujer a casarse con el hijo de su esposo fallecido

La Justicia de San Lorenzo autorizó a una mujer de 45 años a casarse con el hijo de su marido, quien falleció seis años atrás.

La Justicia de San Lorenzo autorizó a una mujer de 45 años a casarse con el hijo de su marido, quien falleció seis años atrás. La decisión fue tomada por el juez de Familia Marcelo Scola, quien explicó a El Ciudadano que basó su decisión en los principios de igualdad, autonomía y dignidad de las personas: “En la primera audiencia me vinieron a preguntar si podían poner fecha del casamiento para fin de año y yo les dije sí, que esto iba a estar resuelto en pocos días. El impedimento del matrimonio por razones de afinidad que establece el Código Civil y Comercial es muy viejo y debería haberse eliminado en la reforma del año pasado”, marcó.  La viuda estuvo casada tres años con el padre de su actual pareja. Tiempo después del fallecimiento de aquel empezó la relación. El fallo de Scola, junto a otro de fines de noviembre, también en Rosario, constituyen los únicos antecedentes de su tipo en el país.

Según el fallo, Rosa Ramona F., de 45 años, se casó con Luis Jesús D., en agosto de 2007. El hombre le llevaba más de 30 años y ella fue quien se ocupó de cuidarlo los últimos tres de su vida.

Años después, empezó una relación entre la viuda y Luis Alberto D., hijo de su marido y 12 años mayor que ella. Ambos ya tenían buen trato desde antes, y además quedó un vínculo profesional, ya que él es arquitecto y ella lo contrató para refaccionar su comercio.

Tras varios años de relación y ya con un proyecto de vida juntos, Rosa y Luis Alberto decidieron casarse. Sin embargo, hubo un inconveniente. “Nuestro Código Civil y Comercial establece un impedimento para este tipo de matrimonios, y si se contraen son nulos. Un afín es un pariente que crea la ley, no la sangre. Por ejemplo, los hijos de mi esposa son mis hijos por afinidad. Pero en este caso no había elementos para impedirlo. Ellos no vivieron nunca juntos ni tuvieron una relación de madrastra-hijastro”, explicó el magistrado Scola. Y agregó: “Yo como juez tengo que ver la realidad. Esta gente tiene un proyecto de vida. Tomé en cuenta los principios de igualdad y autonomía de la voluntad que hacen a la dignidad de una persona. Si yo no les permitía casarse estaba haciendo un trato discriminatorio y no de igualdad”.

Por estos motivos, Scola dictaminó la inconstitucionalidad de ese inciso y autorizó el casamiento de Rosa y José Luis, que estaba planeado para fin de año.

En este sentido, el juez consideró que el impedimento por afinidad es “viejo” y ya no existe más en legislaciones modernas: “Cuando el año pasado se modificó nuestro Código, que hoy es muy moderno y avanzado, este punto extrañamente quedó, quizás por influencia de la tradición. Si se hubiese eliminado este impedimento se evitaba todo esto”.

En otro fallo, a fines de noviembre, el juez de Familia Ricardo Dutto autorizó el matrimonio civil entre una mujer de 33 años y la hija de su ex cónyuge, de 32. Esa decisión junto con la de Scola constituyen los únicos antecedentes de este tipo en el país y están entre pocos a nivel latinoamericano.

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