El gobierno provincial, a través del Ministerio de Justicia y Derecho Humanos, abre una convocatoria a profesionales que quieran integrar el comité evaluador de aspirantes a adoptar niñas, niños o adolescentes. Se trata de una de las modificaciones que se realizaron para lograr una mayor agilidad y eficacia en el Registro de Adoptantes.
Entre las novedades figura la creación de un comité compuesto por autoridades provinciales y colegios profesionales para conformar equipos interdisciplinarios que evaluarán a los aspirantes a adoptar y agilizar así el proceso de evaluación previsto legalmente.
En este sentido, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos selló un convenio con el Colegio de Trabajadores Sociales con el objetivo de realizar tareas de cooperación, intercambio de información y la coordinación de las acciones necesarias tendientes a facilitar el funcionamiento del Comité Evaluador de Profesionales.
La inscripción para psicólogos y trabajadores sociales comienza mañana en toda la provincia y se extenderá hasta el 18 de abril inclusive, en los cinco nodos de lunes a viernes de 8 a 12 horas:
Reconquista: Roca 967
Rafaela: bulevar Hipólito Irigoyen 1379
Santa Fe: en la sede del Ruaga de Corrientes 2749
Rosario: en el subsuelo de la sede del Gobierno de la provincia, ubicada en Santa Fe 1950.
Venado Tuerto: San Martín 709.
Los requisitos para los interesados son: completar el formulario de inscripción, presentar currículum vitae y llevar fotocopia certificada del título universitario.
Cambios en el Ruaga
El Registro Único provincial de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos posee una nueva reglamentación que busca imprimirle más agilidad y eficacia.
Una de las principales modificaciones fue la conformación de una lista única provincial de aspirantes admitidos organizada por orden cronológico e integrada por variables objetivas (sexo, edad y estado de salud de los niños así como la posibilidad de adoptar hermanos) que serán definidas por los aspirantes al momento de presentar la solicitud de inscripción ante el Ruaga. Si el juez o jueza de Familia a la hora de resolver la guarda preadoptiva se aparta del orden de prioridad, debe fundamentar esa excepción.
Por otro lado, cuando los magistrados declaran a una niña, niño o adolescente en estado de adoptabilidad, solicitan al Ruaga legajos de aspirantes admitidos. “Para brindar una respuesta rápida y eficaz, la nueva reglamentación precisa los requisitos de los oficios judiciales”, apuntó el subsecretario de Asuntos Registrales, Matías Figueroa Escauriza, y agregó que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos firmó meses atrás un convenio con la Corte Suprema de la provincia para utilizar su sistema de notificaciones “a los fines de informar a los aspirantes de las resoluciones del Registro, brindando mayor seguridad jurídica y celeridad”.
“Asumimos como política pública dotar a los trámites del Ruaga de mayor rapidez, economía y eficiencia, de transparentar su funcionamiento, desde la premisa de brindar respuestas adecuadas y sensibles a las demandas ciudadanas”, explicó el subsecretario. “El Ruaga es un instrumento para resguardar, en el proceso de adopción, el interés superior del niño. No se trata solo de un espacio de evaluación, reflexión y acompañamiento de los aspirantes en su deseo de prohijar, sino de poder darle a una niña, niño o adolescente una nueva oportunidad”, sostuvo el funcionario.
Por último, es importante destacar que el Ruaga representa uno de los tres pilares del sistema de adopción junto con la dirección de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y el Poder Judicial. Si bien no define la adopción de un niño, es el único medio legal para adoptar desde que el Código Civil y Comercial de la Nación prohíbe las guardas directas.
Menores y adolescentes
El Ruaga es un organismo creado por ley que se encarga de recibir las solicitudes de los aspirantes a adoptar y de controlar la documentación presentada por estos (pueden ser matrimonios, parejas o personas solas). Personal del Registro forma entonces un legajo de cada aspirante cuyo contenido es secreto, es decir que se rige por criterios de confidencialidad y le asigna un número de orden. En una segunda etapa, un equipo de psicólogos y trabajadores sociales evalúa si la disponibilidad adoptiva que los aspirantes declararon al anotarse se corresponde con su capacidad de prohijar. Por último, la Dirección de Registros admite a los aspirantes o declara inadmisible su solicitud. “Cuando una niña, niño o adolescente sea declarado en estado de adoptabilidad por un juez, el Registro le enviará los legajos de los aspirantes inscriptos por orden de prioridad. El juez selecciona uno para que comience la vinculación, resuelve la guarda preadoptiva y luego la adopción. “La mayoría de las niñas y niños en estado de adoptabilidad no son bebés sino niños o adolescentes que han sufrido previamente vulneración de sus derechos”, finalizó el subsecretario. Para mayor información pueden concurrir a cualquiera de las oficinas del Ruaga, visitar el sitio www.santafe.gob.ar/justiciayddhh.