La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la condena a 11 años y seis meses de prisión para un almacenero de 48 años por haber ejecutado de dos disparos a su vecino de 32 siete años atrás en villa La Lata. La resolución de los magistrados Bibiana Alonso, Daniel Acosta y Carlos Carbone dejó firme la condena dispuesta hace un año por la jueza de Sentencia Marisol Usandizaga.
El hecho ocurrió el 11 de junio de 2009 a las 14.20, cuando Manuel Antonio Bornia estacionó el Volkswagen Gol que conducía a unos metros de la esquina de su casa, donde también funciona un almacén, ubicado en Paraguay al 3200. Bornia es oriundo de Corrientes y en Villa La Lata todos lo conocen como Colorado o Gringo. Ese día volvía del parque Independencia con su esposa, su hijo y un sobrino cuando la víctima fatal, Daniel Lezcano le gritó algo.
Fue en esa instancia que, según el fallo, el Colorado se bajó de golpe y le cortó el paso a su vecino. El Colorado detonó el revólver calibre 38 una vez en dirección a la pierna izquierda de su vecino; cuando se cayó, le pegó un certero disparo en el corazón. A Lezcano lo llevaron al hospital Español, donde murió minutos después. Según contaron los testigos en el juicio, los hombres tenían problemas de vieja data. Para la familia del fallecido, el móvil fue la deuda de 2000 pesos que el Colorado tenía con Lezcano, lo que generaba discusiones cada vez que el muchacho le reclamaba el pago de la deuda.
Mientras a Lezcano lo atendían en el centro de salud, Bornia se subió al auto y desapareció del barrio. En su declaración, el hombre dijo que cómo habían intentado incendiar su vivienda se había mudado a Entre Ríos. Estuvo cinco años prófugo.
En febrero del año pasado, la jueza de Sentencia Nº 8, Marisol Usandizaga, lo condenó como autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación de arma de guerra en concurso real, a la pena de 11 años y seis meses de prisión efectiva; declarándolo reincidente por primera vez.
La resolución fue apelada por la defensa de Bornia, representada por Marcela De Luca, quien presentó el caso como exceso en la legítima defensa debido a que dos declaraciones indicaron que Lezcano detonó un arma de fuego. Sin embargo, en su análisis la camarista Bibiana Alonso descartó la figura solicitada por la defensora pública, debido a que otros testimonios coincidieron en que Lezcano estaba desarmado e hizo hincapié en lo sorpresivo del ataque, lo que llevó a que el arma que se le atribuye a la víctima no haya podido ser ocultada. Este análisis fue compartido por los vocales Daniel Acosta y Carlos Carbone, por lo que confirmaron la sentencia apelada y, tras siete años, dejaron firme la condena a 11 años y seis meses de prisión para Bornia.