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Condenan a 38 años de cárcel al Sátiro del Can Can, en La Plata

El ahora penado ya había estado detenido por abuso sexual entre 1973 y 1991 por trece casos similares en territorio bonaerense.

La justicia penal de La Plata condenó ayer a 38 años de prisión a un chapista y ex convicto de 62 años, acusado de haber violado a seis mujeres entre 2007 y 2009 y que era conocido como el Sátiro del Can Can porque durante los ataques ocultaba su rostro con una media de mujer.

Se trata de Domingo Corillano, quien fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de la ciudad Bonaerense de La Plata conformado por los jueces Emir Caputo Tártara, Julio Alegre y Juan Carlos Bruni.

Corillano era conocido como el Sátiro del Can Can porque operaba siempre de la misma manera, cuestión que quedó acreditada también en el juicio oral y que para los jueces era como “un sello de identidad” que le imprimía a sus hechos.

El ahora condenado se movilizaba en un viejo Ford Falcon color champán, se acercaba a sus víctimas en plena noche, las agredía con un cuchillo, las ataba con una bufanda y después las sometía sexualmente.

Pese a que ocultaba su rostro, fue identificado por dos denunciantes, mientras que un familiar de una joven violada en octubre de 2008 logró retener el número de patente de su coche, cuando llegó al lugar del ataque, en City Bell.

Con ese dato y un dictado de rostro aportado por otras jóvenes, los investigadores detuvieron a Corillano en el 2009 en un taller de chapa y pintura que tenía en la localidad platense de Ringuelet.

Corillano había estado detenido entre 1973 y 1991 por 13 hechos de abuso y condenado por tentativa de violación en 1998, aunque en 2002 recuperó su libertad.

En su voto, Caputo Tártara precisó que todos los hechos que le atribuyeron tenían el mismo patrón de conducta: horarios próximos a la medianoche o primeras horas de la madrugada; elección de mujeres jóvenes caminando solas en sitios casi sin transeúntes y abordajes sigilosos por detrás de las víctimas, tomándolas del cuello.

Agregó que las “amenazaba de muerte con arma blanca o de fuego si se desobedecen sus órdenes, cubría su rostro y/o cabeza con gorro o medias femeninas de nylon y aparentaba en principio la comisión de un robo exigiendo pertenencias, dinero, para llevar a las víctimas a un lugar oscuro, aislado y elegido previamente”.

Detalló que para cometer los abusos “colocaba una bufanda (o cuello de tela polar) sobre los ojos de las víctimas, luego las hacía sentar, o tirarse al piso, siempre cuidando de tenerlas inmovilizadas, generalmente, oprimiéndoles el cuello y las sometía sexualmente para luego abandonarlas”.

Para graduar la pena, estimó que “así como se evidenció un patrón común que dejó huellas indelebles para dar por acreditado los abusos por parte del acusado, también lo hay para las consecuencias que en la vida de cada una de las víctimas ha provocado semejante lamentable experiencia padecida”.

El juez consideró como agravante el trato “cosificante” y “sádico” que el condenado confería a las víctimas debido a las prácticas aberrantes a las que las sometía.

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