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Hay más de 1.200 deudores alimentarios registrados

Son los que adeudan 3 cuotas consecutivas, o cinco alternadas. Esto determina que el acusado no pueda acceder a cargos políticos, ni a una vivienda social, trabajar en el Estado u obtener habilitaciones, concesiones o licencias.

El Registro de Deudores Alimentarios funciona desde mediados de 2006 en los Tribunales provinciales. En la actualidad cuenta con 1.230 personas inscriptas como deudores morosos. En el 98 por ciento de los casos son hombres. El Estado inscribe en el registro a las personas que incumplieron el pago de 3 cuotas alimentarias consecutivas o 5 alternadas. También a los empleadores de los deudores cuando se ordenó judicialmente que se retenga un porcentaje del sueldo destinado al pago de la cuota y ello no se cumplió. En este caso, se inscribe la razón social y al titular o responsable de la firma. Esta anotación trae aparejada dificultades para acceder a cargos políticos, viviendas sociales, trabajar con el Estado u obtener habilitaciones, concesiones, licencias o permisos estatales. La única manera de salir del registro es cumpliendo con la cuota alimentaria y obteniendo una orden judicial que disponga la baja.

La falta de cumplimiento en el pago de la cuota alimentaria generó la sanción de una ley en 2001. La norma, identificada como la N° 11.945, dispuso la creación de un Registro de Deudores Alimentarios que depende de la Corte Suprema de Justicia de la provincia. El objetivo fue tener una base de datos de los deudores. También los empleadores de éstos cuando hayan incumplido una orden judicial que disponga la retención y depósito de dinero del sueldo destinado a alimentos.

Cuando una persona no paga tres cuotas alimentarias consecutivas, o cinco alternadas en un plazo de dos años, termina inscripta en el registro. Esa anotación se realiza aunque la cuota alimentaria sea provisoria. Cuando se dispone la anotación, se avisa al deudor y éste tiene un recurso, pero la única manera de no aparecer en el registro es pagando la cuota.

La inscripción en este registro trae consecuencias y existen restricciones para vincularse con el Estado. Antes de disponer una habilitación, una concesión, otorgar una licencia o un permiso, prórrogas o renovaciones de éstas los organismos públicos, están obligados a pedir un certificado al registro. Si el moroso pretende ser funcionario de cualquiera de los tres poderes del Estado deberá previamente regularizar su situación. Tampoco se puede ser contratista o proveedor del Estado, ni acceder a viviendas sociales. Mucho menos ser candidato a ningún cargo. Los profesionales que son inscriptos como morosos también tendrán consecuencias. Esa anotación es notificada al Colegio que los nuclea.

La ley además estipula que, en el caso de morosos inscriptos que necesiten una licencia de conducir para trabajar, se les dará por una única vez y en forma provisoria la que caducará a 90 días. Aunque ello en la práctica no se aplica porque es necesaria la adhesión de las municipalidades y en Rosario ello no se produjo.

El informe que se otorga es para toda la provincia y existen 5 registros: en Santa Fe, Rosario, Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto. El trámite tiene un costo de 40 pesos.

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