Con la reforma previsional ya aprobada por el Congreso, ahora el debate se centra en torno a su constitucionalidad. El cambio de la fórmula que actualiza haberes de jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) generará una avalancha de demandas judiciales, según coincidieron el abogado constitucionalista Domingo Rondina y su colega laboralista Jorge Elías en diálogo con El Ciudadano.
Agrupaciones como Alerta Jubilados, el Centro de Jubilados y Pensionados ex combatientes de Malvinas y la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular anunciaron que presentarán un amparo apenas sea promulgada la ley.
Según Rondina, la ley tiene varios problemas de constitucionalidad. El más claro es la modificación retroactiva del régimen de cómputo. Con el nuevo cálculo, la movilidad se base en un 70% en las variaciones de la inflación medida por el Indec y en un 30% por la variación salarial medida por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Con el régimen vigente, se calcula en función a los aumentos salariales por la Ripte y a la recaudación de la Ansés.
Según datos de Cetrángolo y Folgar, con la nueva fórmula un jubilado promedio ganaría aproximadamente un 3% menos en todo 2018 (alrededor de 6 mil pesos). El abogado constitucionalista explicó que “actualmente está corriendo el semestre de actualización con la vieja fórmula, por lo que cada mes se agrega un pequeño porcentaje de aumento que se aplica al terminar el semestre, o sea en marzo”.
“Durante todos estos meses, el beneficiario tiene derecho que al llegar a marzo se le aplique la fórmula que estaba contabilizando. No se puede cambiar retroactivamente. Esto es lo más inconstitucional de la reforma previsional”, dijo Rondina. Y agregó: “El gobierno lo reconoce al aplicar el bono. Pero este bono no resuelve el problema de inconstitucionalidad porque es sólo para el mes de marzo”.
Más allá de marzo
Un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) calcula que en diciembre de 2019 la nueva fórmula generaría un haber mínimo real (o sea, teniendo en cuenta la inflación) un 8% más bajo que el que se lograría con la fórmula vigente. “Está claro que con la nueva fórmula gana el gobierno y pierden los jubilados. Además hay que tener en cuenta que la inflación de un jubilado es mayor porque los productos que consume aumentan más, como los alimentos y medicamentos”, complementó Elías.
La constitucionalidad de los aumentos salariales que se aplicarán después de marzo “es algo más discutible”, según Rondina.
El constitucionalista recordó que en diversos tratados de Derechos Humanos existe el principio de no regresividad, que contempla que la legislación interna de un país no puede retroceder en materia de Derechos Humanos. “Una fórmula de cálculo que arroja un menor aumento es regresiva”, consideró.
Lucha conjunta
Tanto Rondina como Elías esperan “una avalancha de demandas judiciales”. Sin embargo, el abogado laboralista se mostró cauto: “Los juicios pueden tardar muchos años, por lo que por lo pronto no se espera un fallo judicial de la Corte”.
Por eso Rondina recomendó “no realizar juicios individuales, sino esperar el resultado de las demandas colectivas”.
“No vale la pena que cada jubilado, pensionado o beneficiario de la AUH haga su juicio porque va a ser una pérdida de tiempo, un gastadero de plata y un caos judicial. Esto no tiene que ser una ocasión de negocio sino una solución mediante amparos colectivos para que en algún momento la Corte Suprema tome una de las demandas para fijar un criterio que rija en todo el país”, explicó.
Por último, no descartó la posibilidad de que el gobierno tenga que liquidar las jubilaciones en marzo con la fórmula vigente: “En el caso de que haya un amparo, lo va a tener que hacer. Todas las fichas se juegan a marzo”.