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Corte: jueces que asumieron desde 2017 pagarán Ganancias

Los miembros del máximo tribunal de Justicia revocaron el amparo que favorece a los magistrados designados desde el año pasado

La Corte Suprema resolvió por unanimidad revocar la medida cautelar que había exceptuado del pago del impuesto a las ganancias a un grupo de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público que asumieron sus actuales cargos con posterioridad al 1° de enero de 2017.

La Corte sostuvo que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal utilizó argumentos dogmáticos e insuficientes para admitir la procedencia de la medida solicitada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y que, por ello, su decisión fue arbitraria.

La Corte entendió que la Cámara no debió conceder la cautela por el hecho de que exista una forma de interpretar la ley de impuesto a las ganancias que pudiera resultar contraria a los intereses de los magistrados y funcionarios representados por la parte actora. Y que tampoco había justificado que la medida fuese necesaria para evitar un daño irreparable a los actores.

Además, la Corte sostuvo que los jueces, al examinar este tipo de medidas, deben tener especial cuidado porque se trata de decisiones preliminares que, por sus efectos expansivos, pueden suspender total o parcialmente la aplicación de una ley vigente y así afectar la división de poderes.

La Corte concluyó que no existían razones suficientes para adoptar una decisión cautelar de tal gravedad que eximiera del cumplimiento de lo ordenado por la ley a los sujetos representados por la actora. De ello derivó que la vigente ley de impuesto a las ganancias resulta plenamente aplicable.

Los jueces Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco dejaron a salvo el derecho del que gozan los magistrados –como todo ciudadano– de plantear ante la Justicia lo que consideren sus derechos.

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