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Ordenaron que se realice de nuevo el juicio a un hombre acusado de abuso sexual

La causa se inició por la denuncia de la víctima, quién contó que violada por un hombre en junio de 2015. Un tribunal absolvió al agresor por falta de pruebas. En la audiencia ante Casación, el fiscal sostuvo el pedido y los argumentos formulados por el fiscal del juicio y la contundencia probatoria

La sala 2 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló una sentencia de absolución a un hombre acusado de abuso sexual y ordenó la realización de un nuevo juicio oral.

La causa se inició por la denuncia que realizó una joven víctima, quién contó que fue abordada por un hombre durante la madrugada del 8 de junio de 2015 en el barrio porteño de Vélez Sarsfield.

La mujer relató que el sujeto le apuntó con un arma de fuego y le pidió que le entregara el celular y dinero. Como estaban cerca de una plaza, la obligó a ingresar allí, y después de una manipulación fallida del celular, la obligó a que fingieran ser pareja pues había una persona en el lugar.

Posteriormente el hombre la llevó hasta el pasillo de acceso a una casa y la tiró al piso. Después, tras amenazarla con una navaja, abusó sexualmente de ella. Luego de esta situación, le dijo que la dejaría ir si no hacía la denuncia, le ató las manos detrás de la espalda y se fue. Finalmente, la víctima pudo pedir ayuda en un comercio cercano.

En el debate, la fiscalía consideró que el hombre había cometido los delitos de “abuso sexual con acceso carnal calificado por el empleo de armas” y “robo agravado por el uso de armas”, por lo tanto ordenaron un nuevo juicio.

Argumentos de la absolución

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°13 lo había absuelto por duda al imputado: recalcó que se lo detuvo varios meses después del hecho, muy lejos geográficamente y que no le secuestraron elementos que se relacionaran con el hecho denunciado.

Además, cuestionaron la identificación que hizo en rueda de reconocimiento la víctima. Marcaron que era “una prueba aislada” y que, al haber tenido poco contacto visual con él y que éste tuviera algún elemento tapándole el rostro, esto podía influir en la reconstrucción del imputado. Por otra parte, también sostuvieron que en la filmación donde se observa cómo aborda a la víctima, no se pueden distinguir “los rasgos fisonómicos del atacante”.

En la audiencia ante la Casación, el fiscal sostuvo el pedido y los argumentos formulados por el fiscal del juicio, y reforzó elementos de contundencia probatoria.

En tal sentido, refirió que resultaban determinantes por consistentes los testimonios de la víctima en las distintas etapas del proceso, los que debían ser analizados con perspectiva de género, bajo la tutela de las leyes e instrumentos internacionales que consideraban a la víctima testigo natural del caso y requerían una amplitud probatoria para el principio rector de la sana crítica racional.

Las características propias del hecho, refrendadas en pruebas diversas, tales como los identikits efectuados digital y manualmente de manera inmediata, los listados de llamadas entrantes y salientes de los celulares investigados, el material logrado tras sus intervenciones, el resultado categórico de la rueda de reconocimiento, los registros fílmicos de las distintas cámaras de seguridad públicas instaladas en los alrededores, y las narraciones concordantes y consecuentes de los testigos inmediatos: fuerzas policiales, vecinos, madre, y médicos, son los fundamentos del fiscal para solicitar el inicio de un nuevo juicio».

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