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Jatón ordenó auditar los últimos seis meses de la gestión de Corral

El intendente pretende revisar los contratos de prestación de los servicios públicos esenciales y la ejecución de la obra pública. También detectaron que en el tramo final del mandato del dirigente de Cambiemos hubo “numerosas designaciones, contrataciones y ascensos de personal”

El intendente de Santa Fe Emilio Jatón (Frente Progresista) ordenó auditar los últimos seis meses de la gestión saliente de José Corral (Cambiemos) para conocer en detalle los contratos de prestación de los servicios públicos esenciales y la ejecución de la obra pública.

Según indicaron desde el municipio santafesino, en el tramo final del mandato de Corral hubo “numerosas designaciones, contrataciones y ascensos de personal”. Por eso el nuevo intendente instruyó a la Sindicatura General Municipal de Santa Fe para que audite las cuentas públicas y las actuaciones registradas el último semestre del mandato de Corral.

Durante la transición, el intendente saliente y el entrante mantuvieron una fuerte disputa por el nivel de la deuda pública (Jatón sostuvo que es tres veces más de lo que informó Corral) y por el supuesto nombramiento de personal político en planta permanente por parte del dirigente radical que en las últimas elecciones fue candidato a gobernador por Cambiemos.

Por ese motivo, Jatón ordenó a la Sindicatura General Municipal de Santa Fe una auditoría sobre la actividad financiera y administrativa del municipio, sus entes autárquicos y organismos descentralizados. El objetivo es revisar el cumplimiento de los recaudos legales vigentes y consolidar el estado de situación patrimonial al 12 de diciembre de 2019, día en que se produjo el cambio de mandato.

La auditoría alcanzará la actividad financiera y administrativa desplegada en los seis meses anteriores al dictado del decreto pero podrá ampliarse cuando, para completar el análisis, sea necesario remitirse a actos o actuaciones anteriores con contenido patrimonial.

La norma establece que tendrá 60 días, prorrogables por otros 30, para completar la tarea. Deberán relevarse los procesos y actos administrativos relativos a: relaciones contractuales de servicios públicos u obras públicas; régimen de empleo público y vinculación laboral cualquiera sea su modalidad, ingresos y ascensos; otorgamiento de concesiones y permisos; convenios con organismos nacionales, provinciales, entes autárquicos, asociaciones, fundaciones y dependencias de cualquier otra jurisdicción; y obligaciones no canceladas.

Además, en otros de sus artículos, la norma faculta a la Sindicatura a “revisar los actos que a su entender pudieran acarrear perjuicios al patrimonio municipal, pudiendo avocarse de oficio al análisis de los mismos”. Y podrá proponer, en forma fundada, “la anulación de los actos administrativos cuando se verifiquen infracciones a la normativa vigente”.

Entre los considerandos, el decreto establece que al momento del dictado del mismo se verificó la existencia de numerosas controversias en las relaciones contractuales vinculadas a la prestación de servicios públicos esenciales y la ejecución de la obra pública. Además, indica que en forma previa a la asunción de las nuevas autoridades del Ejecutivo Municipal se han dispuesto numerosas designaciones, contrataciones y ascensos de personal, situaciones que por su escala pueden afectar el normal desenvolvimiento de la gestión de gobierno.

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