Siete amigos que habían contratado un paquete turístico para compartir vacaciones en Tailandia le ganaron un juicio por daños y perjuicios a la agencia de viajes Almundo. El fallo lleva la firma de la jueza en lo civil y comercial Mónica Klebcar y la empresa demandada deberá resarcir a los clientes con la suma de 297.160 pesos más intereses. La firma también deberá hacerse cargo del 90 por ciento de las costas que demandó el proceso judicial.
Reserva
En septiembre de 2016, los siete amigos concurrieron a la sucursal de Almundo en el shopping Portal Rosario. Tras consultar diversas cotizaciones, decidieron comprar los vuelos hacia Tailandia. El viaje estaba previsto para abril de 2017, por lo que adquirieron tickets aéreos con el siguiente itinerario: Buenos Aires-San Pablo (13 de abril), San Pablo-Abu Dhabi (14 de abril), y Abu Dhabi-Bangkok (15 de abril).
Cinco días después de haber pagado los pasajes con tarjetas de crédito, la agencia de viajes les entregó los vouchers aéreos correspondientes. En paralelo, Claudio, Germán, Néstor, Leandro Omar, Matías, Alan y Leandro Matías comenzaron a contratar hoteles, vuelos, traslados y excursiones a diferentes destinos que tenían planeados visitar en Tailandia.
Varados
El 13 de abril de 2017 llegaron al Aeroparque Jorge Newbery, desde donde emprendieron el primer tramo del viaje hasta San Pablo. Aterrizaron en el aeropuerto paulista de Guarulhos y comenzaron a buscar la terminal para abordar el siguiente vuelo con destino a Abu Dhabi.
Se acercaba la hora de despegue fijada en el voucher aéreo y el vuelo a la capital de Emiratos Árabes no se anunciaba en ninguna pantalla del aeropuerto de San Pablo. Con incertidumbre, preocupación y dificultades en el idioma, intentaron comunicarse con personal aeroportuario, quienes les informaron que la empresa Ethiad Airways, encargada de realizar el segundo tramo del viaje, había dejado de operar en Guarulhos a fines de marzo de 2017, decisión que habría sido comunicada oportunamente a los respectivos mayoristas y agentes de viajes.
El vuelo que este grupo de amigos debían tomar no existía. Y tampoco tenían información al respecto. En medio de la desesperación intentaron comunicarse con la empresa vendedora de pasajes, pero la señal de wifi no era nítida. Era cerca de la medianoche y también les resultó imposible comunicarse vía telefónica.
Debieron pasar la madrugada del 14 de abril en el aeropuerto de San Pablo, acostados en el suelo o sentados en sillas. A primera hora de la mañana del día siguiente se contactaron telefónicamente con sus familiares en Rosario para que hiciesen las averiguaciones en las oficinas de la agencia de viaje. Estaban varados en Brasil y evaluaron la alternativa de comprar nuevos vuelos hacia Tailandia de manera particular. Pero las compañías aéreas les informaron que los vuelos tenían un costo de 2.800 dólares, que por aquel entonces eran 45.800 pesos argentinos. Es decir, más del doble del precio ya abonado a Almundo. No había asientos disponibles en los próximos vuelos.
Alterados
La solución no aparecía y después de casi 24 horas varados en San Pablo, recibieron un mensaje vía Facebook de la agencia, que sin explicaciones les comunicó la reprogramación del itinerario, por lo que arribarían el lunes 17 a Bangkok. O sea, dos días después de lo previsto inicialmente. Por lo tanto, debían transitar otro día más de espera en el aeropuerto de Guarulhos.
Exigieron a la agencia el pago del hospedaje, comida y traslado en Brasil, a lo que Almundo se negó, según consta en el fallo. Perdieron dos días de vacaciones, ya que la fecha de regreso permaneció inalterable. Sufrieron alteraciones en el cronograma de viaje y perdieron reservas en hoteles y traslados que habían contratado con anticipación. Desde San Pablo partieron hacia Roma como nueva escala. Finalmente, el 17 de abril arribaron a Bangkok, donde habían pagado previamente el alojamiento en el hotel “Prince Palace”. No les fue posible cancelar la reserva y el hotel tampoco tenía disponibilidad para el día en que llegaron a Tailandia, por lo que tuvieron que trasladarse y buscar un nuevo hotel.
Al acercarse el 4 de mayo, día de regreso, los siete amigos se encontraban en Krabi, a 800 kilómetros de Bangkok, por lo que ya no tenían tiempo suficiente para trasladarse en medios de transporte más accesibles como trenes y ferris. Tuvieron que costearse un avión directo a la capital tailandesa, para así no perder el vuelo de retorno.
De regreso
Ya en Rosario, los siete turistas realizaron múltiples acciones extrajudiciales por los trastornos padecidos: reclamos por correo electrónico a Almundo, presentaciones formales en la oficina del shopping Portal Rosario, audiencias en la Oficina Municipal del Consumidor. Llegó la mediación prejudicial obligatoria. Y sin respuestas satisfactorias, decidieron presentar demanda judicial.
En el juicio, Almundo.com interpuso excepción de incompetencia, argumentando que los hechos fueron ajenos a su voluntad, y consecuencia de la aerolínea Etihad Airways, quien había dejado de operar en el aeropuerto de San Pablo, cancelando así todos los vuelos programados.
La agencia de viajes se excusó que recién al día siguiente tomó conocimiento de lo que le estaba sucediendo a los siete clientes en el aeropuerto, cuando los familiares se acercaron a la sucursal. Almundo aseguró haber realizado todo lo posible para llevarlos a destino y conseguir asientos disponibles en un vuelo que salió un día más tarde. Según la empresa, se les informó el nuevo itinerario, que ellos mismos aceptaron, no sólo en la ida sino también en el regreso.
Probado
En el proceso judicial se comprobó que los turistas rosarinos arribaron a San Pablo y allí descubrieron que no tenían conexión con su vuelo, por lo que estuvieron varados desde el jueves 13 de abril a la noche hasta el sábado 15 al mediodía. Almundo les reprogramó el vuelo y también se probó que la agencia les envió tres mails avisando de los cambios. Dichos avisos eran cursados en forma automática por un robot.
El daño material se estableció en la suma de 16.346 pesos para cada damnificado, equivalentes a 260 dólares según la cotización 62,87 pesos, procediéndose en la proporción de condena al 80 por ciento.
Si bien el daño moral no requiere prueba directa, los siete amigos reclamaron por los trastornos padecidos, que no fueron simples molestias y del cual los testigos dieron sobradas manifestaciones al momento de descubrir la falta del vuelo.