El gobierno provincial rescindió la concesión del Puerto de Reconquista que administraban Vicentin y Buyatti a través de la empresa Río del Norte SA y que expiraba recién en 2028. El contrato indicaba que debían mover un mínimo de 200 mil toneladas anuales, pero en 16 años de concesión no llegaron ni a 100 toneladas.
El primer paso de la provincia fue la intervención por decreto del Puerto de Reconquista, el 1º de julio de 2020, en medio de las investigaciones judiciales sobre Vicentin. La decisión la tomó el gobernador Omar Perotti tras recibir un informe sobre las irregularidades cometidas por la concesionaria elaborado por el representante del Estado provincial en el Ente Portuario de Reconquista, Martín Deltin, quien fue designado como interventor por parte del gobernador.
Este martes, Deltin comunicó oficialmente que “luego de un proceso de requerimientos, intimaciones e intercambio entre la concesionaria de la Terminal A y el Ente Administrador Puerto Reconquista, se produjo la recisión del contrato de explotación de la concesión a la empresa Río del Norte SA, asumiendo la posesión y control de la misma el Ente Administrador Puerto Reconquista, que prepara la propuesta de llamado a licitación de la terminal portuaria”.
La concesión comenzó el 1º de enero de 1999 y se extendió hasta diciembre de 2020. El 8 de enero de este año la provincia instrumentó la rescisión del contrato, decisión que oficializada este martes por el interventor. “Estas acciones se realizan en el marco del ordenamiento del Puerto y adecuación al destino comercial que tiene”, comunicó Deltin.
Causa Vicentin: el gobierno provincial intervino el Puerto de Reconquista
El principal objetivo de la intervención resulta a mediados del año pasado era que el Puerto de Reconquista vuelva a ser operativo, con posibilidades concretas de reactivación y adecuación conforme su destino comercial.
“El Puerto –agregó Deltin– ha obtenido la categorización ambiental, mediante resolución del año 2020 y que se encuentra en curso por ante Vías Navegables de la Nación la solicitud de habilitación de muelles, con presentación de estudios requeridos y elaborados por la UTN Reconquista. También se dio inicio, ante el Ministerio de Transporte de la Nación, la gestión para la profundización del canal de acceso mediante dragado y el balizamiento necesario”.
Pliegos
En declaraciones al portal ReconquistaHOY, el interventor confirmó que se están confeccionando los pliegos para el llamado a licitación de la Terminal A, posiblemente con una variante, sin los tanques de aceite, que se licitarían por separado con ese sector de carga.
Deltín informó además que este jueves esperan la llegada de funcionarios de la Aduana para verificar las condiciones del Puerto y habilitar nuevamente el resguardo aduanero, un reclamo de los exportadores que en la actualidad no tienen disponible ese trámite en Reconquista y tienen que hacerlo en Santa Fe o en Rosario.
Una larga parálisis
En su decreto de intervención, el gobernador Perotti señaló que para tomar la decisión tuvo en cuenta la “gravedad” del informe presentado por Deltin que destaca que la Terminal A del Puerto (espacio operativo de cargas y almacenamiento de granos y aceites) “está inactiva y sin operaciones desde al año 2004”.
“Desde hace 16 años el Puerto no efectúa un embarque ni movimiento portuario alguno, no realiza depósito de cereales y afines, ni acciones tendientes al uso comercial, por sí o por terceros, configurándose así un apartamiento del destino comercial del puerto, lo que no solo representa un claro incumplimiento de la concesionaria al no garantizar una carga mínima de la principal obligación contractual, sino que además conlleva responsabilidades de las autoridades del Ente Puerto en la explotación del puerto comercial como tal, y concurre, cuanto menos en negligencia o abandono de sus funciones de contralor”, explica ese informe.
El gobernador justificó la intervención por lo que sucede con la Terminal B del mismo puerto, cuyas instalaciones están destinadas al uso privado, por lo que “claramente ha cesado y abandonado su destino comercial, dando solo cabida a la actividad recreativa privada, en abierta y prístina violación del destino del puerto previsto por la ley”.