Un hombre, de 57 años, fue condenado este martes como autor de los ataques sexuales que sufrió una nena durante cuatro años en la ciudad. Las agresiones se dieron cuando la víctima visitaba a su tía y la pareja de ésta aprovechaba los momentos de soledad para ultrajarla. El acusado, identificado como Gabriel Francisco Palacios, comenzó a ser juzgado el jueves pasado y la Fiscalía había pedido de pena de 12 años de cárcel. Tras escuchar a las partes, el tribunal –integrado por la jueza Silvia Castelli junto a los magistrados Hernán Postma y Nicolás Foppiani– dio a conocer la condena a una década de prisión para Palacios.
En el debate oral, la fiscal del caso Alejandra Raigal reconstruyó que cuando la nena tenía 12 años comenzó a ser víctima de abusos por parte de la pareja de su tía, por Gabriel Palacios, de 57 años. Las agresiones sexuales ocurrían cuando la niña viajaba a Rosario desde otra localidad santafesina para visitar a su tía. La pequeña se quedaba un par de veces al año y el atacante aprovechaba cuando su pareja se retiraba y se quedaba solo con la víctima o cuando la niña dormía para agredirla, relató Raigal.
Los ataques sexuales comenzaron en 2014 y ocurrieron en numerosas oportunidades, describió la funcionaria del Ministerio Público de la Acusación (MPA) en su acusación para agregar que culminaron en noviembre de 2018 cuando la ya adolescente logró poner en palabras los abusos que sufría y sus familiares denunciaron estos hechos.
Para la fiscal, el acusado es autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple agravado por su condición de guardador, por lo que pidió 12 años de cárcel.
La defensa de Gabriel P. cuestionó el relato de los hechos, la calificación legal y la condición de guardador del acusado.
El debate continuó por casi una semana y este martes Gabriel Palacios, quien había sido imputado y se encontraba detenido preventivamente desde abril del 2019 con salidas laborales, fue condenado por el tribunal a la pena de 10 años de prisión efectiva como autor de los un hecho de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la condición de guardador y por dos abusos sexuales simple agravado por la condición de guardador.